9 de noviembre de 2019
El Ministerio del Interior informó que si bien para los mayores, el vencimiento del pasaporte, se mantendrá en 10 años, para los menores se reducirá a 5 años. Las personas refugiadas tendrán una vigencia mayor (1 o 2 años) y los extranjeros, como nueva pauta, deberán nacionalizarse para obtener el documento. Sin embargo, a pesar de las modificaciones se decidió que los pasaportes ya expedidos serán válidos hasta su fecha de vencimiento.
El organismo señaló que, la modificación hecha a través de un decreto, "se realizó teniendo en cuenta recomendaciones internacionales para poder tener un registro oportuno de los cambios fisonómicos de los menores que ayudará a fortalecer los controles de frontera".
También se estipuló que los pasaportes para personas apátridas y refugiadas aumentarán su período de vigencia, ya que, de esa manera, "Argentina compatibiliza su legislación con la Convención sobre el estatuto de los Refugiados de 1951 y la Convención sobre el estatuto de los Apátridas de 1954".
Asímismo, se estableció que el Registro Nacional de las Personas emitirá pasaportes excepcionales con una validez de dos años a los ciudadanos extranjeros que "acrediten cuestiones humanitarias o de fuerza mayor, independientemente si tienen representación consular en nuestro país".