16 de abril de 2020

. EMPRESAS PODRÁN PAGAR EL 25% DE LA LUZ


Las empresas podrán pagar como mínimo entre el 25% y el 50% de la factura del suministro eléctrico a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) y de esta manera poder financiar el saldo en hasta seis cuotas.En tanto los grandes usuarios del sistema deberán abonar un mínimo del 50% para financiar el resto.





Empresas podrán acceder en descuentos a la factura




El Gobierno nacional autorizó esta medida a través de la Secretaría de Energía a modo de beneficio para los afectados por la falta de actividad debido a la cuarentena.





La medida fue comunicada a Cammesa a través de una nota en la que se dispone implementar un Mecanismo extraordinario de Pagos, excepcional y transitorio mientras se extienda la cuarentena o aislamiento social, preventivo y obligatorio.





La resolución indica que en el caso de las empresas que la disminución de consumo de energía fue mayor o igual al 20% desde el inicio de la cuarentena, comparados con los 15 días previos al dictado del mismo, en ese caso deberán pagar como mínimo entre el 25% y el 50% de la factura de Cammesa.





El monto restante se podrá abonarse hasta en seis meses, sumado a los intereses que corresponda. Es por eso que se aceptarán pagos parciales y adelantos dentro del plan de pagos establecido hasta que se llegue a cancelar la deuda,





En el caso de no poder pagar la factura, deberán presentar documentación para pedir pago extraordinario




En referencia a los Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista, aseguran que se tendrá en cuenta la afectación por el aislamiento que se haya visto reflejada en por lo menos una caída del 20% del consumo.





Las encuestas que se encuadren en este esquema, deberán pagar el 50% de la factura de Cammesa al día del vencimiento. El monto restante deberá abonarse antes del último día hábil del mes de vencimiento de la factura, más los intereses que correspondan.





Para finaizar, el Gobierno también detalló que Cammesa deberá contemplar mecanismos de excepción para casos excepcionales de aquellas empresas que no puedan enmarcarse dentro de la alternativa de pago.






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