24 de abril de 2020

. LA CORTE LE BAJÓ EL PULGAR AL PEDIDO DE CRISTINA


Este viernes por la noche la Corte Superma de Justicia rechazó abrir el recurso para analizar el pedido de la vicepresidenta Cristina Kirchner en el que se solicitaba hacer lugar a una acción declarativa de certeza y que se expidan sobre la posibilidad de que el Senado retome sus actividades de manera virtual en el contexto del coronavirus y la cuarentena obligatoria.





La Corte la bajó el pulgar al pedido de la vicepresidenta




La vicepresidenta buscaba evitar futuras impugnaciones a las leyes que podían llegar a tratar mediante teleconferencia. Pero el máximo tribunal confirmó su rechazo y de esta manera le notificó que es el propio Poder Legislativo el que tendrá que tomar la decisión de decidir si llama a sesionar al Senado de forma virtual.





Cabe destacarse que el principal proyecto que el los legisladores oficialistas quieren debatir es la discusión de las leyes impositivas, como el denominado impuesto a la riqueza que fue propuesto por Máximo Kirchner y Carlos Heller.





El rechazo del máximo tribunal al pedido de Cristina fue comunicada durante la noche de viernes por los ministros Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.





Cristina esperaba poder sesionar de manera online para tratar el impuesto a la riqueza




La votación se inclinó con la votación de la mayoría integrada por Highton, Maqueda y Lorenzetti. Los miembros de la corte señalaron que el Senado de la Nación tiene las atribuciones constitucionales para poder hacer la interpretación sobre el reglamento que lo rige, en el que puede discutir la manera virtual o la decisión retomar de sesiones.





"El Senado de la Nación tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por lo cual se rechaza la petición presentada", se expresa textualmente en el escrito.





Por otro lado, el máximo tribunal también expuso que "nada dice la Constitución sobre el lugar o la forma presencial o remota en que deben encontrarse para sesionar, deliberar y votar los legisladores de cada Cámara" y agregó: "Las emergencias, de cualquier tipo, deben ser tratadas dentro del Estado de Derecho y por ello el funcionamiento del Congreso de la Nación resulta absolutamente esencial".


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