29 de abril de 2020

. Acuerdo salarial entre el gremio mercantil y las cámaras


Si bien por el momento no hay nada firmado formalmente, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las tres cámaras empresarias del sector avanzaron en en un acuerdo para concretar un convenio de emergencia por la suspensión de actividades, y sostener los empleos y la producción, que habilita una baja salarial del 25% para los trabajadores suspendidos por las restricciones impuestas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Este acuerdo está siendo analizado por Armando Cavalieri, secretario general del gremio mercantil, Jorge Di Fiori, dirigente de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), Gerardo Díaz Beltrán, dirigente de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), y Alberto Rodríguez Vázquez, de la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).





Armando Cavalieri, secretario general del gremio mercantil.




La Confederación General del Trabajo (CGT) y la Unión Industrial Argentina (UIA) suscribieron un acuerdo salarial retroactivo al 1° de abril con vigencia al 31 de mayo, en el que los trabajadores que no cumplen servicios por estar suspendidos, en el marco de la pandemia de coronavirus, percibirán el 75% de sus salarios netos. "Las asignaciones dinerarias que como prestaciones no remunerativas abonen los empleadores en concepto de suspensiones, según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) 20.744, y las asignaciones compensatorias dispuestas por decreto, no podrán ser inferiores al 75 por ciento del salario neto de los trabajadores de comercio que hubiesen prestado servicios de manera normal y habitual en abril y mayo, y las suspensiones no tendrán que superar los 60 días", expresaron desde ambas partes. Asimismo, también se está avanzando en la elaboración de un protocolo de actuación de emergencia laboral con el fin de aplicar herramientas normativas para el sostenimiento de los empleo y la actividad productiva.





Por otra parte, los empresarios se comprometieron a garantizar los aportes y contribuciones patronales a la obra social OSECAC, los pagos convenidos de forma oportuna en el acuerdo paritario del año pasado o cualquier otra distribución destinada al sistema de salud mercantil, y también el abono a la cuota sindical. Además garantizaron que se mantendrá la dotación del personal, sin alteraciones ni despidos durante los meses mencionados anteriormente.


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