11 de junio de 2020

. El Senado aprobó la ley de alquileres


Mediante el voto de todos los senadores presentes y la ausencia del bloque de Juntos por el Cambio, el Senado aprobó la esperada Ley de Alquileres y un proyecto para modificar la inscripción de las Sociedades por Acciones Simplificadas.





La Ley de alquileres será debatida en la cámara alta este jueves 11 de junio.




El Decreto Parlamentario firmado por la presidenta del Senado, Cristina Fernández de Kirchner, había citado a los senadores para este jueves a las 14 horas.





La intención del oficialismo era avanzar con el debate de las leyes de alquileres y de educación a distancia, luego de que su discusión se frustró la semana pasada porque la oposición no facilitó el tratamiento sobre tablas de los proyectos.





Finalmente llegó el día y al oficiliasmo se le dio. Pese a que Juntos por el Cambio y sus aliados se retiraron después de votar favorablemente la ley de Educación a Distancia porque estaban en desacuerdo de incluir temas que no estuvieran vinculados con la pandemia de coronavirus, la Ley de alquileres se terminó aprobando.






https://www.youtube.com/watch?v=2kmMIpEsvdE




Cabe recordarse que la semana pasada los senadores de Juntos por el Cambio se negaron a dar los dos tercios necesarios para debatir ambos proyectos como un modo de oponerse a la decisión del Frente de Todos de tratar la validez de una docena de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), entre los que figuraban algunos firmados por el ex presidente Macri y que no estaban vinculados con la pandemia de coronavirus.





El Frente de Todos, finalmente, aprobó la validez de todos los DNU firmados por el presidente Alberto Fernández y rechazó los instrumentos de Macri que estaban vinculados con el traslado de la oficina de escuchas judiciales de la Procuración General de la Nación a la Corte Suprema.





El senado debatió de manera online por la pandemia del COVID-19.




La decisión de realizar sesiones por videoconferencia fue tomada en conjunto por todos los bloques parlamentarios y refrendada por un Decreto Parlamentario que establecía reglas para debatir mediante métodos virtuales.





Principales puntos de la nueva ley de alquileres





•El mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.





•El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.





•El plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.





•Aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del locatario aquellas . Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.





•Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.





•En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.).





•Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.





•Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal






Subscribite para recibir todas nuestras novedades