30 de julio de 2020
Este miércoles se aprobó la nueva ley de Teletrabajo pese al voto en contra de la oposición. Según detallaron desde el oficialismo, la normativa busca darle "un marco a la nueva modalidad que se extendió durante la pandemia" y poder garantizar el mismo trato para los empleados que opten hacer sus tareas a distancias con respecto de aquellos que lo hacen de manera presencial.

Puntos claves de la ley
Entrará en vigencia pasados los 90 días contados desde la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio. Esto es para darle tiempo a los empleadores para adecuarse a las mayores exigencias que demandará el nuevo marco normativo.
Esta nueva norma señala que la prestación laboral a distancia es voluntaria y que no puede ser impuesta por el empleador. En este sentido detalla específicamente: "En los contratos que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva".
Otro de los puntos fundamentales es que las personas que se desempeñen bajo la modalidad remota van a gozar "de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial y su remuneración será la correspondiente al convenio colectivo de trabajo"
Se establece el principio de "reversibilidad", es decir que el teletrabajador podrá revertir esa modalidad cuando quiera volver al trabajo presencial. Este fue uno de los puntos más criticados por los empresarios.

En otro apartado importante, la ley establece que "el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja".
A esto hay que sumarle que el trabajador a distancia va a tener "derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar".
Un punto llamativo es el "derecho a la desconexión" del empleado remoto cuando se encuentre fuera de su jornada laboral o durante los períodos de licencias, de esta manera se busca evitar el trabajo constante sin ningún parate. Esta fue una de las denuncias más fuertes al régimen actual.
Por último se puede hacer referencia a que se establece a quienes acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, van a tener derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o interrumpir su jornada.