14 de septiembre de 2020
Como si 257 diputados nacionales no fueran suficientes y no representaran un gasto enorme al Estado, ahora la Cámara Nacional Electoral exhortó al Congreso a que actualice el número de legisladores y que "cumpla con la constitución".

Para muchos es una decisión por lo menos "inoportuna" el pedido de la Cámara Nacional Electoral (CNE) que exhortó al Congreso de la Nación a que, en el ejercicio de sus atribuciones, ejecute el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución y actualice el número de diputados según los datos del censo nacional del año 2010.
Todo este reclamo se da debido a que el artículo 45 de la constitución nacional dice, a diferencia de la cámara de Senadores que exige 3 legisladores por provincia, en la cámara de Diputados plantea que corresponde uno por cada 33.000 habitantes.
Así las cosas, al inicio de la historia de la cámara baja en Argentina, y como en ese momento no se contaba con un censo, se estableció que la cámara de Diputados constaría de 50 legisladores, pero ese numero fue variando a medida que se modificaron las cifras por las reformas y leyes posteriores a cada censo y el aumento del número de provincias.


Explicado esto, ahora la Cámara Electoral insiste en cumplir lo que dicta la Constitución Nacional. Así lo señaló la CNE en un fallo, con fecha del 8 de setiembre pero conocido el fin de semana, con la firma de los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera.
De esta manera, la CNE revocó una sentencia que rechazó el planteo del Partido Vecinal de Córdoba, desde donde se impulsó un amparo contra el Estado para reasignar la cantidad de diputados por provincia.
En su fallo, la Cámara destaca que la actualización de los miembros del Parlamento debe darse "sin que ello suponga una intromisión en la esfera legislativa", entendiendo que "constituye el ejercicio de una competencia propia del Tribunal -en su función de juzgar- dirigida a la coordinación y complementación del accionar de los poderes del Estado".
El escrito recordó además que la Carta Magna sostiene que "después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".
El 5 de julio del 2018, la Cámara había hecho lugar a la acción de amparo promovida por un elector de la provincia de Córdoba y le pidió al Congreso que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional, en relación con la composición de la Cámara de Diputados".
En ese momento, lo decidió en virtud de que la "base de representación por la cual se rige la actual composición del mencionado cuerpo legislativo continúe siendo aquella que se determinó con los datos poblacionales de un censo realizado en 1980, y resulta claramente anacrónica".
La resolución luego fue apelada y el fallo conocido hoy la revoca, al tiempo que reitera el pedido al Congreso de "ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional".
En 2010, el día que moría Néstor Kirchner, el INDEC llevaba adelante el Censo que determinó que en la Argentina viven 40.091.359 millones de personas. Tras la realización del Censo, nunca se actualizó la composición de la Cámara Baja, pero si se cumple con el pedido, el número podría superar los 500 legisladores, cosa que advirtieron que por lo menos en el Congreso de la Nación "no entran más" y que además de agrandar el número de Diputados también se tendría que prever "el tema de infraestructura", razón por la que incluso muchos diputados catalogaron como "innecesaria", mientras otro grupo alega que apoya la medida porque así sus provincias tendrán "mayor representación".