21 de enero de 2021

. La justicia rechazó el primer pedido para declarar inconstitucional


La justicia rechazó el primer pedido para declarar inconstitucional la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). El titular del Juzgado Federal Nº 1 de Salta, Julio Leonardo Bavio, habilitó la feria judicial y rechazó el recurso interpuesto por demandantes entre los que se encuentra la exsenadora y militante antiderechos María Cristina Fiore Viñuales.





El aborto fue aprobado en el Senado nacional.




El magistrado salteño justificó su rechazo citando un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y explicó en línea con el antecedente fijado por el máximo tribunal que, al no ser la parte denunciante integrante del Poder Legislativo, su intervención llevaría “al irrazonable resultado de extender una medida judicial a sujetos que no sólo no la han solicitado, sino que, incluso, podrían no compartirla”.





Bavio fundamentó su decisión basándose concretamente en la jurisprudencia del caso “Thomas” del 2010 en la que la Corte Suprema revocó una cautelar dictada por la Justicia Federal de Mendoza. El diputado Enrique Thomas había presentado el recurso para suspender en todo el territorio nacional y en su totalidad a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.





En la denuncia, Fiore Viñuales y otros opositores a la IVE, argumentan que la ley 27.610 es inconstitucional porque “el ‘ser humano’ existe desde el momento mismo de la concepción” y que "nuestra Constitución Nacional lo considera "niño" al ser humano a partir del momento de la concepción”. En base a eso, consideran que “el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”.





Además, señalan que debe declararse inconstitucional el Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) presentado por el Ministerio de Salud y que reglamenta el acceso al aborto con causales que ya estaban contempladas por el Código Penal y que ratificó en 2012 la CSJN en el fallo FAL.





Los denunciantes presentaron también otras cautelares para que, en caso de que una persona gestante se presente en un centro de salud para interrumpir su embarazo, se le deba decir que “interrumpirá una vida” y obligarla a saber el grado de desarrollo antátomo-fisiológico del feto, incluyendo una ecografía y hacerle escuchar los latidos del corazón. También pidieron que se les diga a las personas cómo es la práctica, qué “efectos traumáticos” podría tener e indicarle dónde puede recibir asistencia para seguir con el embarazo.





Todavía resta saber si Fiore Viñuales y el resto de los denunciantes apelarán la decisión de Bavio.


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