25 de febrero de 2021
La Corte Suprema de la Justicia intimó este jueves al gobernador de Formosa, Gildo Insfrán, a que garantice los derechos humanos en los centros de aislamiento para casos confirmados y sospechosos de coronavirus, y a sus contactos estrechos. En tanto, también pidió que se informe si existen más establecimientos como ese y exhortó a la provincia de llevar a cabo un protocolo anticontagios y respetar la Constitución Nacional.

De esta manera, y puntualmente, los ministros de la Corte solicitan saber si "el Centro de Atención Sanitaria ubicado en el Estadio Polideportivo Cincuentenario" ha sido desactivado de manera definitiva o si se trata de una resolución condicionada a la reducción en el nivel de contagios" y, en ese caso, "bajo qué pautas se procedería a su reapertura". Además, buscan saber si cumplen "los protocolos para la protección de derechos humanos que deben respetar las autoridades provinciales, incluso respecto de quienes cumplan cuarentenas domiciliarias".
Por otra parte, también exhortó al gobierno formoseño "sobre la necesidad de llevar a cabo el control y la prevención de la propagación del virus con arreglo a los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos, así como acerca del deber impostergable que pesa sobre los tribunales de justicia de todo el país, en el marco de sus respectivas competencias, de brindar efectivo amparo a las personas cuyos derechos se ven amenazados o han sido vulnerados".
El gobierno de Formosa fue denunciado en varias oportunidades por el tratamiento de las medidas preventivas durante la pandemia, donde miles de habitantes oriundos de la provincia habían sido impedidos de reingresar a la provincia desde que se decretó el ASPO. Más tarde, se denunció que en el centro de atención domiciliaria se encuentran no solo pacientes con COVID-19, sino también aquellas personas que aún no recibieron el resultado del hisopado. Un lugar donde no había distanciamiento entre sanos e infectados, quienes hasta compartían el mismo baño.
El 19 de noviembre, la Corte falló en contra de Gildo Insfrán y a favor de los formoseños varados que aún no pudieron regresar a su provincia desde el inicio de la pandemia. Sin embargo, actualmente, la causa llegó a manos de la Corte Suprema por un planteo de la competencia: un pedido de hábeas corpus presentado por el senador radical Naidenoff, en donde se debate si los magistrados designados por Insfrán deben tratar la cuestionada estrategia sanitaria que se ejecutó para mitigar los efectos del COVID-19.

Por otra parte, el 11 de febrero se presentó la fiscal del Estado de Formosa y comunicó que "el Centro de Atención Sanitaria fue habilitado ante la irrupción de brotes de contagios en diferentes localidades de la provincia y funcionó durante las primeras semanas del corriente año". En tanto, dio a conocer ante el Tribunal que, ante la reducción de los contagios, este centro de alojamiento fue desactivado.
En esa misma línea, la Corte Suprema recordó que "aún ante el escenario de emergencia por COVID-19, las medidas que se adopten para hacer frente a la pandemia y conlleven la regulación de derechos fundamentales deben ser limitadas temporalmente, legales, ajustadas a los objetivos definidos conforme a criterios científicos, razonables, estrictamente necesarias y proporcionales".
Por último, sostuvieron: "Esta Corte, en su condición de custodio último de las garantías constitucionales, estima que es prioritario requerir información actualizada sobre la situación denunciada en relación a los centros de aislamiento preventivos de la provincia de Formosa y encomendar a las autoridades públicas correspondientes a que lleven a cabo las gestiones necesarias para que sean respetados y protegidos los estándares constitucionales y convencionales concernientes a los derechos humanos".