12 de abril de 2021
Un municipio de la provincia de Buenos Aires sorprendió al agregar a su lista de gravámenes comunales una curiosa categoría: la tasa coronavirus. Se trata de la intendencia que encabeza Federico Achával en Pilar, donde decidieron aplicar esa tasa a los vecinos de la localidad a causa de la pandemia coronavirus.

Por más insólito que parezca, el gravamen fue aprobado y es aplicado mediante el artículo 276° "por la prestación de los servicios municipales". En tanto, la intendencia de Achával procede a enumerar en el artículo "los testeos, exámenes y tratamientos médicos realizados a la población, relacionados con la enfermedad".
Asimismo, la normativa detalla que el dinero es destinado a "los controles de síntomas dispuestos en los diferentes puntos del Municipio" y que, también, se tiene en cuenta "el cuidado de la salud psíquica y atención de problemas sociales derivados del aislamiento preventivo, social y obligatorio en Centros de Salud del Municipio o por vía remota", aunque no especifica a qué dificultades hace referencia.
En tanto, precisa que el monto será puesto a disposición para la compra de suministros médicos y materiales de protección para el personal esencial "a los efectos de cumplir con los protocolos especiales de prevención", como también con "toda otra adquisición o prestación de servicios relacionados con la sanidad misma originado por el COVID-19".
Incluso señala el mantenimiento de los Centros de Atención COVID-19 "ya sea para internación o aislamiento"; los servicios de desinfección y sanitización de superficies "que deba realizarse en locales, establecimientos, vehículos de carga y/o cualquier sitio donde se ejerza actividad comercial, administrativa y/o industrial, ante la denuncia de un caso sospechoso o confirmado, de oficio o a requerimiento del contribuyente, como así también las situaciones de prevención que establezcan los protocolos y la reglamentación".

En esa misma línea, la lista prosigue: "El vallado de calles, paseos públicos, refugios, plazas, bancos y demás espacios de gran circulación para el cumplimiento de los protocolos estipulados" y "el diseño y la efectividad de los protocolos preventivos en los espacios públicos".
De esta manera, la nómina continúa: "Suministro de alimentos, raciones de comida y/o cualquier otra modalidad adoptada, ya sea en forma directa o a través de comedores populares, a los efectos de cubrir las necesidades nutricionales de aquellas familias que se encuentren imposibilitadas de acceder a estos". En tanto, aclara: "Tales erogaciones no estén cubiertas por fondos provenientes de programas de Provincia o de la Nación".
Es importante resaltar que el impuesto también está dirigido a solventar "los servicios de comunicación a los vecinos sobre medidas preventivas, programas, atención en establecimientos y toda otra información de relevancia en diferentes medios de comunicación audiovisual, gráficos, redes, vía pública, etc". Además, el gravamen tiene presente "las líneas para la atención de consultas, reclamos y toda otra información relacionada con la enfermedad".