13 de abril de 2021
La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal sobreseyó a Cristina Kirchner y Axel Kicillof en la causa del dólar futuro. La decisión se tomó por voto unánime de los tres jueces de la Cámara Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa.

Además de la vicepresidenta y del gobernador bonaerense, los magistrados sobreseyeron a otros 13 acusados, incluidos el extitular del Banco Central, Alejandro Vanoli; y su actual presidente Miguel Ángel Pesce. Todos ellos estaban acusados de haber defraudado al Estado a través de las operatorias de venta de dólar futuro entre agosto y noviembre del 2015.
Hace poco más de un mes, Cristina había reclamado el sobreseimiento a través de un extenso discurso en el que apuntó al poder judicial, al que acusó de ser "un sistema podrido y perverso" e incluyó una fuerte defensa política en la que arremetió contra el expresidente Mauricio Macri. El descargo fue expuesto mediante una videoconferencia ante Casación, y luego el fiscal Raúl Pleé pidió rechazar el planteo.
Casación, en el fallo emitido este martes, a exactamente cinco años de la primera indagatoria de Cristina por este caso, también dispuso remitir las actuaciones al Tribunal Oral para cesar las medidas cautelares. En tanto, el fallo añade: "Dejar a salvo el buen nombre y honor del que gozaren los nombrados en este proceso".
A fines del 2015, ante elecciones presidenciales perdidas, el mercado y los agentes económicos descartaban una devaluación, ya que el candidato ganador había anunciado en campaña que eliminaría el cepo al dólar. En tanto, aún con ese escenario, el Banco Central comandado por Vanoli, vendía contratos de dólar futuro al precio oficial que tenía por aquel entonces. Al concretarse el cambio de Gobierno, el tipo de cambio se disparó, y el Estado perdió sumas millonarias, por lo cual el Banco Central tuvo que imprimir unos $50.000 millones de pesos.

No obstante, las defensas sostenían que no debía haber juicio porque no hubo ningún perjuicio para el Estado. Para ello, se basaron en una pericia que realizó el cuerpo de contadores de la Corte Suprema de Justicia en la que analizaron los balances del Banco Central del 2015 y 2016, y en la que se reportaron ganancias.
De esta manera, a través de un voto conjunto, Petrone, Figueroa y Barroetaveña señalaron que, según las conclusiones de la pericia realizada, la suscripción de los contratos futuros celebrados por el Central aparecía dentro de las facultades y límites impuestos por la Carta Orgánica de esa entidad. Además, entendieron que no es posible atribuir responsabilidad penal respecto de ningún resultado ocasionado por un accionar legítimo y conforme a derecho y que por ello, correspondía dictar el sobreseimiento de las personas imputadas.