1 de julio de 2021
A través del Decreto 427/2021, publicado en el Boletín Oficial, se establece que el Gobierno tomará el control de la hidrovía del Río Paraná cuando se termine la prórroga de la concesión actual. De esta manera, la Administración General de Puertos (AGP), bajo la conducción de José Beni, será el organismo oficial a cargo del servicio. Todo estaría supervisado por el Ministerio de Transporte, y ciertas tareas, como el dragado, podrían tercerizarse con empresas privadas especializadas.

El documento lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y del titular de la cartera de Transporte Alexis Guerrera. El mismo fija un período de 12 meses “prorrogable hasta la toma de servicio por parte de quien o quienes resultaren adjudicatarios de la licitación pública nacional e internacional encomendada por el Decreto N°949/20”. La fecha de finalización de la concesión privada vigente desde 1995, depende si la prórroga actual de 90 días se cuenta en días corridos. En ese caso finalizaría el 30 de julio. Pero, si se computan las jornadas hábiles, el plazo finalizaría a mediados del mes de septiembre.
En el primero se amplían las facultades de la AGP. Así puede “asumir la concesión de obras y/o la administración, prestación de todo tipo de servicios de mantenimiento y operación de las vías navegables que se le otorguen y/o se le encomienden. Realizando los actos que le corresponda ejecutar en tal carácter, por sí o a través de terceros”.
En el segundo, se le otorga a la AGP “la concesión de la operación para el mantenimiento del sistema de señalización y tareas de dragado y redragado. Y el correspondiente control hidrológico de la Vía Navegable Troncal (hidrovía Paraná-Paraguay)”.

En el tercero se describen las condiciones de prestación del servicio que el Ministerio de Transporte deberá confeccionar y aprobar. Los considerandos indican que “las atribuciones del Órgano de Control del Contrato de Concesión se encuentran a cargo de la Secretaría de Gestión del Transporte, con la asistencia de la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, ambas dependientes del ministerio de Transporte”. Esta cartera fijará “la base tarifaria y el mecanismo de financiamiento por el sistema tarifa o peaje que percibirá la AGP. Sin perjuicio de las subvenciones, subsidios y/o transferencias de aportes del Estado Nacional que transitoriamente resulte necesario efectuar, a los fines establecidos en el contrato”.
Se instruyó a la AGP a que los contratos que celebre “incluya la incorporación del personal que, a la fecha de finalización de la actual concesión, se desempeñare en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1366/14, prestando servicios para la misma”. La AGP deberá celebrar las “contrataciones necesarias para garantizar la navegabilidad de la Vía Navegable Troncal, manteniendo el actual nivel de prestación del servicio”.
Se encomienda a la cartera de Transporte que paute “la intervención de la Sindicatura General de la Nación, de la Auditoría General de la Nación y de todo otro órgano cuya actuación coadyuve al control oportuno y a la transparencia de los actos de ejecución que se lleven a cabo en el marco del contrato de concesión”.