3 de enero de 2022

. El Gobierno prohibió por dos años la exportación de los 7 cortes de carne más consumidos


A través del Decreto 911 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó el nuevo esquema para la carne vacuna para los próximos dos años. El régimen rige hasta el 31 de diciembre de 2023. De esta manera, habrá exportación “libre” de las categorías menos consumidas en el país, como la vaca de conserva. A cambio de fronteras cerradas para los siete cortes populares, incluido el asado.  





Habrá exportación “libre” de las categorías menos consumidas en el país, como la vaca de conserva. A cambio de fronteras cerradas para los siete cortes populares, incluido el asado.




Estas nuevas medidas que se disponen colaboran a generar un equilibrio entre el mercado argentino y la exportación de productos cárnicos. Asimismo, en la Resolución 301, también publicada hoy en el Boletín Oficial, se libera “en su totalidad” las exportaciones de vacas de las categorías D, E y toros. Como así también de huesos con carne resultantes del desposte. En la Resolución 302 se abre el registro de exportadores durante 60 días, a fin de que un grupo de productos y nuevas plantas se inscriban para realizar ventas al exterior. En tanto, la Resolución 10, dictaminada junto al Ministerio de Desarrollo Productivo, determina que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben salir de los frigoríficos en unidades de hasta 32 kg, y ya no más en “media res”. Para cumplir con estos requisitos se otorgan plazos de hasta 6 meses





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Por su parte, los 7 cortes, cuya exportación ya estaba vedada desde mayo del 2021 cuando se implementó el cepo cárnico luego del alza de precios al mostrador, son: Asado con o sin hueso, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta, vacío.  





Desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca explicaron que las medidas “se han consensuado con las entidades de productores y la industria frigorífica. Con el objeto de dar previsibilidad y confianza a la ganadería argentina. Garantizando la producción, la exportación y el consumo de los argentinos, en base a los análisis técnicos del sector”. Se destaca la creación del “Observatorio de la Carne Vacuna”. Tendrá carácter consultivo y otorgará “asesoramiento para impulsar la productividad y generar un buen clima de negocios en la cadena de la carne”.  





Se abre un registro para frigoríficos exportadores y ponen en marcha cambios de comercialización por cuartos.




Por último, en la Resolución 10 se indica que las carnes vacunas destinadas al comercio minorista deben comercializarse en trozos no superiores a los 32 kilos. Los de tráfico federal deberán presentar dentro de los 90 días corridos el “Plan de Inversión y Adecuación” de las instalaciones, y ejecutarlo y ponerlo en marcha dentro de 180 días corridos. Los frigoríficos de tráfico provincial o municipal tendrán el doble de plazo. Serán 180 días corridos para presentar el “Plan de Inversión y Adecuación” y 365 días corridos para ejecutarlo y ponerlo en marcha. 


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