15 de julio de 2022
El ex presidente Mauricio Macri fue sobreseído en la causa que lo implicaba por haber espiado a los familiares de las víctimas del Ara San Juan, mediante fotos, búsquedas en las redes sociales, seguimientos e infiltraciones en marchas cuando el grupo pedía ayuda para encontrar a sus familiares y seres queridos. La Cámara Federal porteña revocó el procesamiento dictado en el juzgado federal de Dolores, a finales del año pasado. De esta manera, para la Cámara Federal, el delito no existió.

Los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia sostuvieron en el fallo que las diligencias guardaban relación con la seguridad del presidente y descartaron la hipótesis que había llegado desde Dolores diciendo que se trató de tareas de “inteligencia ilegal” que buscaban controlar las protesta e influir en la opinión pública. Asimismo, el fallo también implicó el sobreseimiento para los ex directores de la AFI, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y un grupo de ocho funcionarios y agentes de la base AFI de Mar del Plata.
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El fallo de casi 30 páginas indica que “existe suficiencia probatoria para afirmar que las actividades desplegadas tuvieron como único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interior, y por esa razón se encuentran justificadas. Ello, en virtud de la regulación aplicable al caso, la asignación de funciones que se desprenden de los organigramas de las dependencias oficiales involucradas, así como de la prueba testimonial y documental reunidas”.
Paralelamente, la Cámara Federal también puso en jaque el expediente sobre las bases AMBA, que también nació en Dolores y tenía a los principales jefes de la AFI macrista procesados, junto a casi una treintena de agentes procesados. A diferencia del sobreseimiento en el caso ARA San Juan, la Cámara Federal resolvió revocar los procesamientos y dictar la falta de mérito de Arribas, Majdalani y el resto.
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La resolución firmada en Dolores por el juez Alejo Ramos Padilla exhibía “fundamento fáctico y probatorio insuficiente para adoptar un temperamento incriminante” al prescindir “de elementos incorporados a la causa y provistos de relevancia para resolverla, omitiendo indagar cabalmente acerca la verdad histórica y las concretas actuaciones que le cupo a cada imputado”. Se hablo de una investigación “direccionada” en busca de un plan sistemático de espionaje.
El caso ARA San Juan nació del análisis de lo ocurrido en esas bases AMBA. Ahora, la Cámara Federal entendió que el caso no podía considerarse directamente delito. Llorens, Bertuzzi y Bruglia sostuvieron que “la evidencia reunida permite tener por corroborado” que las tareas de la AFI estuvieron avaladas “en el marco de sus atribuciones, siendo que la potencial existencia de un riesgo contra la seguridad del Presidente es un objeto específico de la inteligencia nacional”. Pero además el fallo aseguró que “se advierte a simple vista” que los informes elaborados fueron “observaciones de campo absolutamente superficiales, que en ningún momento afectaron la vida privada de particulares".