1 de septiembre de 2022
En el marco de la denuncia penal por presunta evasión fiscal que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizó contra la conductora de televisión Susana Giménez por no presentar la Declaración Jurada de Bienes Personales del 2019, el titular de la dependencia oficial, Carlos Castagneto, aseguró que “ninguna ley es confiscatoria ni inconstitucional, lo ha dicho la justicia”.

La AFIP le reclama a Susana Giménez una deuda de 50 millones de pesos, un monto que por multas e intereses podría alcanzar los 300 millones de pesos. Asimismo, la conductora de TV se negó a presentar las declaraciones juradas de Bienes Personales, planteando que la reforma sancionada por el Congreso a fines de 2019 es de carácter "confiscatoria".
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En tanto, desde la AFIP indican que en el caso puntual de Giménez se pudo observar durante el proceso de fiscalización del periodo fiscal 2019, Ganancias y Bienes Personales, una intención de ocultar su patrimonio con la presunta finalidad de no pagar el Aporte Solidario y Extraordinario creado para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus a través de la ley 27.605.
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En diálogo con C5N, Castagneto precisó que la denuncia se encuentra en el Juzgado Penal Económico N°5, a cargo del doctor Diego Amarante. Asimismo, explicó el procedimiento que se lleva a cabo desde el organismo en casos como estos: “Hay tiempo para presentar la declaración jurada de Bienes Personales y de Ganancias, y, en el caso de no hacerlo, a los 5 días, en forma sistémica, se invita a todos los contribuyentes a que hagan la presentación. En el caso de no tener respuesta, a los 20 días de presentada esta notificación, se empieza internamente por normativa, una orden de intervención, la investigación, y la fiscalización del mismo, para determinar una renta presunta”.
“En este caso particular, no ha presentado ni Ganancias ni Bienes Personales desde el año 2019. Luego, hizo una presentación de la declaración jurada de Ganancias, no la de Bienes Personales, se volvió a tener comunicación como se hace constantemente, porque el organismo tiene que ser justo y equitativo”, completó.
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Castagneto sostuvo que la conductora de televisión “presentó una medida cautelar que le salió desfavorable, hizo una segunda medida cautelar, que nuevamente le salió desfavorable, y en consecuencia el organismo sigue en esta etapa de fiscalización, se determina una renta presunta”. Susana Giménez presentó una cautelar en el marco de una acción declarativa de inconstitucionalidad (JNCAF 10 – Expte 2254/21) por el incremento de la alícuota de Bienes Personales de 2019, que fue rechazada por el juzgado. La diva de los teléfonos apeló al pronunciamiento y luego pidió el desistimiento del recurso de apelación cuando se dicta la resolución de Determinación de oficio.

“En el caso de esta contribuyente, hizo caso omiso, y dijo que era confiscatorio e inconstitucional una ley y nosotros estamos acá para que se respete la ley. Luego del tiempo transcurrido y no tener respuesta de la contribuyente se ha hecho la correspondiente denuncia penal. Ninguna ley es confiscatoria ni inconstitucional, no lo digo yo como titular del organismo, sino que lo ha dicho la justicia”, explicó el titular de la AFIP.
De esta manera, y a partir de ahora, Susana Giménez puede elegir por pagar el monto adeudado y así extinguir la acción penal. O, el juzgado interviniente podría dar curso a la denuncia y pedir al Ministerio Público Fiscal que impute a la denunciada y la cite a declarar, pudiendo ser convocada por la fuerza pública e incluso liberar órdenes de captura de Interpol en caso de no presentarse.