27 de octubre de 2022
La Sala V de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el fallo del 3 de marzo pasado que obligaba al ex ídolo de Boca Juniors a pagar los intereses y punitorios acumulados por la demora en saldar los anticipos 1, 2 y 3 del impuesto a los Bienes Personales de 2020.De acuerdo con lo indicado desde la AFIP, la deuda por todo concepto superaba los $42 millones, pero Carlos Tévez pagó los anticipos de BBPP, motivo por el cual sólo fue condenado a cancelar los intereses resarcitorios y punitorios. Desde el entorno del actual director técnico de Rosario Central aseguraron que el ex futbolista cumplirá con lo que decidió la Justicia, pese a que luego reclamará la devolución de ese dinero dado que entiende que hay errores tanto en el fallo de marzo pasado como en el de Cámara.

Respecto a esos errores, en el fallo de primera instancia, ahora confirmado, Tévez fue condenado a cancelar los intereses por la demora en el pago de los anticipos 1, 2 y 3 del impuesto a los BBPP del año 2020. En tanto, su defensa sostiene que no se tuvo en cuenta la sanción de la denominada “Ley de alivio fiscal para favorecer la salida económica y social a la pandemia generada por el Covid-19".
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Por su parte, el artículo 6°, inciso “e” de esa norma determinó “la condonación de pleno derecho de los intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes al capital cancelado con anterioridad a su entrada en vigencia y, específicamente con respecto a los accesorios correspondientes a anticipos no ingresados, estableció la procedencia de tal condonación cuando la declaración jurada del período fiscal correspondiente se encontrase vencida al 31/8/2021 y hubiera sido presentada a la fecha de vigencia de la ley”.

Según manifestó el equipo de abogados del ex jugador de fútbol, la propia voluntad expresa del Congreso impedía cobrarle los intereses a cuyo pago lo condenó la Justicia.
Asimismo, la AFIP, en su resolución 510/2021 informó que “de tratarse de intereses resarcitorios y/o punitorios correspondientes a anticipos no ingresados, la condonación procederá cuando la declaración jurada del período fiscal correspondiente se encuentre vencida al 31 de agosto de 2021”. Era el caso de Tévez.
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El juez de primera instancia rechazó la apelación de la defensa de la ex estrella del Corinthians, que se vio obligada a recurrir “en queja" a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. En aquel momento, el juez Elías Tapia sostuvo que los juicios ejecutivos son inapelables, con unas pocas excepciones que no se verificaban en este caso.

Respaldándose en fallos de la Corte Suprema, los abogados de Tévez explicaron que en este expediente chocaban la voluntad del legislador a través de la condonación de deudas consagrada por la “Ley de alivio fiscal" y una decisión judicial expresada a través de una sentencia, lo que implicaba un conflicto de poderes que justificaba una apelación. Pero, los camaristas Guillermo Treacy, Pablo Gallegos Fedriani y Jorge Alemany coincidieron con su colega Tapia y, por lo tanto, Carlitos deberá pagar ahora para poder reclamar después.
Carlos Tévez ya había sido noticia el año pasado al negarse a pagar el Aporte Solidario aplicado a las grandes fortunas,conocido como Impuesto a la Riqueza, un tributo extraordinario que el Gobierno dispuso para recaudar un monto extra, estimado originalmente en unos $300.000 millones.
En otra causa, el ex atacante de Boca Juniors volvió a enfrentarse a la AFIP cuando presentó un amparo judicial para evitar pagar el Aporte Solidario a las Grandes Fortunas, argumentando que el Impuesto “es confiscatorio”. La causa cayó en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 4, a cargo de Rita Ailán.
Desde fines de enero de 2021, comenzó a regir en el país el impuesto extraordinario a las grandes fortunas. Se trata de una ley aprobada en diciembre del 2020 establecida como un “aporte solidario” que grava de manera progresiva a las personas que tengan un patrimonio igual o mayor a los $200 millones de pesos. El pago es del 2% sobre los bienes que tiene en su patrimonio la persona alcanzada. Tévez, que jugó la mayoría de su carrera profesional en el exterior, principalmente en Europa, está entre las 11.855 personas naturales que reportó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).