21 de diciembre de 2022
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia falló a favor de la Ciudad de Buenos Aires en el reclamo por el recorte de la coparticipación. De esta manera, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, se lleva un importante triunfo político en una causa sensible. El máximo tribunal dictó una medida cautelar por la que ordenó que se entregue a la CABA el 2,95% de la masa de fondos coparticipables, y que mencionadas transferencias se realicen diaria y automáticamente por el Banco de la Nación Argentina.

Asimismo, el tribunal dispuso la suspensión de la ley 27.606 que había reducido la participación de la mencionada jurisdicción. Cabe recordar que el recorte de la coparticipación porteña fue decretado por el presidente Alberto Fernández para darle un aumento a la Policía Bonaerense en medio de una protesta de efectivos que puso en jaque la seguridad de la Provincia a mediados de 2020.
Para dictar este fallo, la Corte efectuó un desarrollo de la evolución de la Ciudad desde sus orígenes como municipalidad hasta su situación actual. Recordando que su autonomía financiera todavía dista de haberse concretado, indica que las transferencias de competencias, servicios o funciones son procesos que se cumplen mediante actos concertados del Estado Nacional y de la Ciudad de Buenos Aires, es decir, remiten a decisiones que deben ser tomadas de manera conjunta por los gobiernos de ambas jurisdicciones.
La situación se originó en dos causas iniciadas por el Gobierno de la Ciudad en 2020 a partir del recorte de más de un punto de coparticipación por el Estado Nacional, primero por el dictado de un decreto y luego de una ley nacional, por lo cual la Ciudad solicitó al máximo tribunal su inconstitucionalidad y el pago de una suma que compense la pérdida sufrida desde entonces. El Estado Nacional cuestionó la legitimidad del decreto 194/2016 dictado por el entonces presidente Mauricio Macri en enero de ese año, a pocos días de asumir en su cargo, y por el cual se había elevado de 1,40 a 3,75 el porcentual que recibía la Ciudad de la masa de fondos coparticipables. Entendió que era un porcentaje fijado de modo completamente arbitrario.
La Corte consideró que la decisión que tomó responde a dos factores vinculados con la verosimilitud del derecho invocado por la CABA, y por la necesidad de atenuar la alteración que provoca el recorte de fondos en el normal desempeño de la administración porteña, “y, por consiguiente, en la calidad y cantidad de los servicios y bienes públicos que provee a su población.”