11 de octubre de 2024
A partir de hoy, las facturas y comprobantes emitidos por empresas de servicios públicos y comercialización de bienes en todo el país no podrán incluir cargos ajenos a los bienes y servicios contratados. Esta medida, establecida en la resolución 267/24 de la Secretaría de Comercio, busca eliminar la inclusión de tasas e impuestos no relacionados directamente con el servicio prestado.
La norma, que fue publicada el 10 de septiembre y otorgó un plazo de 30 días a las empresas para su adaptación, establece que las facturas deberán contener únicamente la descripción y el precio correspondiente al servicio. Las compañías que incumplan esta disposición se enfrentarán a multas y los consumidores podrán denunciar cualquier irregularidad a través de la casilla de correo electrónico [email protected].
La resolución se complementa con las recientes medidas del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), que también prohíben la inclusión de conceptos ajenos a los servicios en las facturas.
Esta decisión de la Secretaría de Industria y Comercio responde a las reiteradas denuncias sobre la inclusión de tasas locales e impuestos no pertinentes en las facturas de servicios esenciales, una práctica que ha sido respaldada por diversas asociaciones de consumidores que exigen la eliminación de estos cobros indebidos que incrementan el costo total de las facturas.
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