17 de noviembre de 2025

Sucesos

Sucesos. La Justicia obliga a cubrir la hormona infantil que pudo mantener a Messi jugando en Argentina

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza falló a favor de una familia y obligó a una prepaga a financiar íntegramente el tratamiento endocrinológico. El tribunal priorizó el interés superior del niño, luego de que la empresa ofreciera cubrir solo el 40% del valor.

La Justicia federal mendocina ordenó a una prepaga cubrir al 100% la hormona de crecimiento indicada a un niño de 11 años con un cuadro de "déficit de GH y retraso de crecimiento intrauterino".

En su resolución del 15 de septiembre de 2025, los jueces advirtieron que negar el acceso pleno al tratamiento podía generar "problemas irreparables" y que la salida "que mejor armoniza los derechos humanos en juego" es remover cualquier traba económica.

La empresa de salud había aceptado financiar solo el 40%, dejando a cargo de la familia una diferencia de $1.023.903,60. Para el tribunal, esa práctica vulnera normativa específica y derechos constitucionales en materia de salud, más aún tratándose de pacientes pediátricos.

¿Qué dijo la Justicia?

El fallo destacó que, a contramano de lo alegado por la prepaga, la hormona de crecimiento "se encuentra contemplada" para cobertura integral en la Res. 500/04 APE, siempre que exista indicación médica y criterio de necesidad terapéutica.

Además, subrayó que el Programa Médico Obligatorio (PMO) fija un "piso de prestaciones mínimas y no máximas", por lo que no puede usarse como techo para recortar tratamientos médicamente necesarios.

También puso en el centro el interés superior del niño: "lo que está en juego es, ni más ni menos, su derecho a la salud, su integridad psicofísica, su plenitud, y su seguridad". En ese marco, el tribunal priorizó la continuidad y oportunidad de la terapia para evitar demoras que afecten el desarrollo del menor.

Por qué no alcanza con el 40%

Para la Cámara, trasladar a la familia un costo tan alto constituye una barrera económica incompatible con los estándares de protección reforzada en salud infantil. Cuando la indicación de somatropina está debidamente fundada por endocrinología pediátrica, la cobertura debe ser plena.

La sentencia, además, recuerda que en reclamos de salud el proceso no puede perder de vista el bloque de constitucionalidad y la Ley de Defensa del Consumidor, que tutelan a los afiliados frente a asimetrías con los financiadores.

¿Qué pueden hacer otras familias en situación similar?

Reunir historia clínica y prescripción; intimar formalmente a la cobertura y, ante la negativa o demoras, presentar un amparo de salud con pedido de medida cautelar. La jurisprudencia sostiene el PMO como piso, la aplicabilidad de la Res. 500/04 APE y el interés superior del niño como criterios para ordenar la cobertura integral.

Como referencia pública, el caso remite a la historia de Lionel Messi, quien de niño accedió a hormona de crecimiento, un tratamiento decisivo para su desarrollo. Aquí, la Justicia evitó que una negativa parcial frustre un abordaje indicado por los médicos.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades