18 de noviembre de 2025
La Justicia le cerró la última puerta a Julio De Vido: el Tribunal Oral Federal N.º 4 rechazó su pedido de prisión domiciliaria y confirmó que el exministro seguirá detenido en Ezeiza, al no existir riesgo médico ni razones humanitarias que justifiquen el beneficio.
Había expectativa en los pasillos de Comodoro Py. Rumores cruzados, cálculos de última hora y un expediente que avanzaba con la tensión de las causas sensibles. Pero a las pocas horas de conocerse la resolución, quedó claro que no habría sorpresas: el Tribunal Oral Federal N.º 4 rechazó el pedido de arresto domiciliario de Julio De Vido, quien deberá seguir cumpliendo su condena en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza.
Los jueces Ricardo Basilico, Fernando Canero y Néstor Costabel firmaron un fallo directo, construido sobre informes médicos, dictámenes fiscales y una conclusión central: De Vido no presenta un cuadro que amerite una medida excepcional.
El planteo de la defensa -encabezada por Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro- intentó abrir una puerta que viene cerrada desde hace meses. En su escrito insistieron en que De Vido, a sus 75 años, enfrenta múltiples patologías crónicas que lo colocan en un umbral de fragilidad: hipertensión, arritmia, diabetes insulinodependiente y asma. Alegaron descompensaciones, falta de descanso, problemas para acceder a medicación y una dieta inadecuada.
Presentaron el cuadro como parte de un deterioro progresivo que, según ellos, hacía incompatible la permanencia en prisión. "Existe un peligro real y actual para su vida", afirmaron ante el tribunal.
Pero el Hospital Penitenciario Federal N.º 1 trazó un escenario completamente distinto. En un informe detallado, describió a De Vido como un paciente con sus patologías controladas, con medicación crónica administrada en tiempo y forma y con monitoreo clínico permanente.
El parte médico lo sintetiza con una frase contundente:
"Lúcido, orientado en tiempo y forma, estudios dentro de parámetros normales."
Esa estabilidad fue clave. Para los jueces, la documentación dejó en claro que la asistencia médica está garantizada y que no existe un riesgo vital que justifique una modificación de la pena.
En su resolución, el tribunal repasó el camino procesal desde que De Vido se presentó voluntariamente en Comodoro Py el 13 de noviembre, tras quedar firme la condena dictada meses antes por Casación.
Analizaron informes médicos, psicológicos, nutricionales y actuariales enviados por el Servicio Penitenciario Federal.
La conclusión fue que el exministro:
recibe seguimiento diario de signos vitales,
mantiene una dieta adecuada a sus patologías,
está alojado en condiciones compatibles con su estado clínico,
y no presenta episodios recientes de descompensación que lo coloquen en un escenario de riesgo inmediato.
El tribunal fue claro: no es la edad ni la historia política lo que define un arresto domiciliario, sino parámetros objetivos. Y esos parámetros -según el fallo- no están presentes en este caso.
Aunque la decisión ya está tomada, hay un paso técnico que aún debe completarse: la revisión médica del Cuerpo Médico Forense. Es un procedimiento de rutina para este tipo de planteos y, aunque puede sugerir medidas alternativas, no suspende la ejecución de la condena.
De Vido, por ahora, seguirá donde está. Y la posibilidad de un cambio depende de un informe que deberá analizarse cuando sea incorporado al expediente.
El trasfondo judicial es conocido, pero el fallo vuelve a ponerlo en primer plano. De Vido cumple una condena a cuatro años de prisión por administración fraudulenta, vinculada a la falta de controles sobre los fondos asignados a Trenes de Buenos Aires (TBA). La Justicia concluyó que la ausencia de supervisión estatal contribuyó al deterioro del servicio y formó parte de la cadena de negligencias que derivaron en la Tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012.
El accidente dejó:
52 víctimas fatales,
más de 700 heridos,
y una huella imborrable en la memoria colectiva.
La sentencia también incluyó la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, un punto que el Tribunal volvió a mencionar como parte de la condena vigente.
En su fallo, el Tribunal Oral Federal N.º 4 sostuvo que:
no existe un deterioro grave en la salud del condenado,
no se verifican condiciones edilicias adversas que comprometan su integridad,
la atención médica está garantizada dentro del penal,
y no se acreditó ningún riesgo cierto o inminente que vuelva incompatible la continuidad de su detención.
Con esa estructura argumental, la Justicia cerró la posibilidad de una salida anticipada o domiciliaria.
Por ahora, el caso se mantiene sin modificaciones y De Vido continuará alojado en Ezeiza mientras avanza la última evaluación médica.
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