4 de diciembre de 2025
Con mayoría de Roberto Boico y Martín Irurzun, la Sala II dio marcha atrás y exigió aclarar el origen y la autenticidad de las grabaciones atribuidas a Diego Spagnuolo. El expediente vuelve a Sebastián Casanello para peritajes y una nueva decisión. Eduardo Farah votó en disidencia.
La Sala II de la Cámara Federal porteña revocó el rechazo de nulidad planteado por las defensas de los hermanos Kovalivker y del ex titular de ANDIS, Diego Spagnuolo, y ordenó profundizar la pesquisa sobre los audios que dieron inicio al caso por presuntos sobornos.
La resolución, adoptada por mayoría de Boico e Irurzun, instruye a identificar la procedencia de las grabaciones y a verificar su veracidad antes de volver a resolver sobre la nulidad. Farah votó en contra y pidió confirmar lo actuado.
El expediente se impulsó a partir de audios difundidos en medios, atribuidos a Spagnuolo, donde se describirían supuestas maniobras ilícitas en compras de ANDIS. Para Boico e Irurzun, la incertidumbre sobre su origen impide sostener el rechazo de nulidad dictado en primera instancia: "La incertidumbre existente desde el inicio de esta causa no sólo impide receptar las pretensiones recursivas de las defensas sino que también torna impropio avalar la decisión que las rechaza apoyada en constancias hoy ausentes".
Los jueces remarcaron que no puede asumirse, sin prueba, que se trate de grabaciones de un particular: "Resulta estéril argumentar sobre la admisibilidad de grabaciones efectuadas por particulares cuando esa afirmación no se encuentra respaldada en el expediente".
La Cámara ordenó al juez Sebastián Casanello identificar el origen, analizar la autenticidad de las grabaciones mediante peritajes y despejar los interrogantes técnicos antes de volver a pronunciarse sobre la nulidad. La investigación penal sigue abierta, pero condicionada a esos pasos previos.

Los abogados de los imputados denunciaron que los audios podrían ser falsos, adulterados, editados o incluso producto de inteligencia artificial, ingresados sin cadena de custodia ni pericias, y alegaron una posible violación al derecho a la intimidad.
A su vez, la querella (Fundación Poder Ciudadano) pidió confirmar lo resuelto y avanzar con la investigación, mientras que el fiscal Franco Picardi sostuvo que las grabaciones funcionaron como disparador del expediente, sin asignarles valor probatorio por ahora.
El camarista Eduardo Farah votó por confirmar la decisión de primera instancia y rechazar la nulidad. Para él, el planteo se apoya en "meras hipótesis" que "desmerecen la seriedad del planteo": "La decisión no puede basarse en conjeturas", afirmó.
Señaló que, aun con dudas o edición de los audios, su contenido verosímil justifica investigar y recordó que ya había elementos previos -como notas periodísticas de 2024 y 2025- que apuntaban a irregularidades en la agencia.
El caso regresa al Juzgado 11, subrogado por Casanello, que deberá verificar la procedencia de los audios, peritarlos y revalorar la nulidad con esa evidencia. Hasta entonces, el proceso penal permanece abierto, pero bajo la obligación de aclarar cómo nacieron y qué validez tienen las grabaciones que detonaron la investigación.
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