17 de enero de 2026

País

País. La Justicia frenó el traslado de carpinchos en Nordelta

La Cámara Contencioso Administrativa de San Martín dejó sin efecto la "prueba piloto" y dispuso que no haya nuevos traslados de ejemplares mientras no se incorporen reportes oficiales sobre el operativo ya realizado y el avance del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo, en una causa por recomposición ambiental vinculada al desarrollo urbano en la zona.

La Cámara Contencioso Administrativa de San Martín hizo lugar a un planteo de una asociación ambiental, revocó una autorización previa y ordenó que no se habiliten nuevas "translocaciones" de carpinchos hasta contar con documentación concluyente sobre la prueba ya realizada y el Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo.

La decisión judicial reabre la discusión sobre cómo gestionar la convivencia con fauna silvestre en urbanizaciones del conurbano, en un contexto de reclamos por seguridad vial y de una causa de recomposición ambiental que apunta al impacto del desarrollo urbano en la zona.

Qué resolvió la Cámara de San Martín sobre los carpinchos en Nordelta

El tribunal revocó una decisión de primera instancia que había avalado el traslado de ejemplares como prueba piloto y dispuso que no se avance con nuevos movimientos hasta que se incorporen elementos técnicos adicionales.

El fallo, firmado por los jueces Jorge Augusto Saulquin y Luciano Enrici, dispuso que "no se autoricen nuevas translocaciones de los ejemplares hasta tanto se cuenten con mayores elementos", entre ellos informes sobre los resultados del operativo ya realizado y el progreso del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo.

Por qué la Justicia habló de una medida "prematura e irrazonable"

La Cámara evaluó que la autorización original se adoptó sin la base técnica necesaria y la calificó como "prematura e irrazonable", al recordar que se trata de fauna silvestre protegida.

En esa línea, el tribunal enfatizó que el traslado de animales en este tipo de casos es excepcional y que el orden lógico de la gestión ambiental debe respetarse: "primero el diagnóstico y, en última instancia, la remoción" de los ejemplares de su hábitat.

Los informes que pidió el tribunal antes de nuevas "translocaciones"

Los magistrados habilitaron la feria judicial y resolvieron "disponer que no se autoricen nuevas translocaciones de los ejemplares hasta tanto se cuenten con mayores elementos, entre ellos, informes del resultado y progreso de la prueba piloto efectuada elaborados por la autoridad de aplicación y los especialistas intervinientes", según dice el fallo.

También reclamaron que se incorpore el avance del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo, al considerar que la prueba piloto se ordenó antes de completar el diagnóstico integral exigido en la causa.

"Fauna silvestre protegida": el punto central del fallo

En su resolución, la Cámara advirtió que el traslado de fauna silvestre constituye una medida "de carácter excepcional" y subrayó que los carpinchos -Hydrochoerus hydrochaeris- "gozan del estatus de fauna silvestre protegida en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires".

Ese encuadre, para el tribunal, obliga a extremar la prudencia y a respaldar cualquier intervención con evidencia técnica suficiente, especialmente cuando la medida puede resultar difícil de revertir.

La apelación pendiente y el riesgo de una medida "innovativa e irreversible"

Los jueces cuestionaron que la autorización otorgada en primera instancia se haya ejecutado mientras el recurso de apelación aún estaba pendiente. En ese sentido, el tribunal señaló que "resulta improcedente materializar una medida de carácter innovativo e irreversible ...sin que la decisión contara con firmeza", ya que ello puede tornar ilusorio el derecho al recurso y generar daños de difícil reparación.

Además, la Cámara consideró que la idoneidad del traslado para resolver los problemas invocados es "cuanto menos, insuficiente y carente de certeza técnica en esta liminar instancia".

El trasfondo: una causa por recomposición ambiental en Nordelta

La discusión se enmarca en una acción de recomposición ambiental vinculada al desarrollo urbano en Nordelta y al manejo de fauna silvestre en el área. Con esta decisión, el expediente vuelve a quedar condicionado a la producción de informes y a la evaluación técnica de impacto antes de habilitar nuevos traslados.

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