19 de enero de 2026
La actualización semestral por inflación redefine desde qué ingresos se empieza a tributar y obliga a los empleadores a recalcular retenciones ya practicadas en enero, con reintegros si hubo descuentos de más.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del Impuesto a las Ganancias y las tablas de deducciones para trabajadores, ajustadas según la variación de precios del semestre julio-diciembre de 2025. Los valores regirán entre enero y julio de 2026.
Con el esquema vigente, el umbral de ingreso neto mensual a partir del cual se comienza a tributar cambia según la situación personal:
Para un empleado soltero sin hijos, el impuesto comienza desde $2.490.038 mensuales netos.
En el caso de una persona casada con dos hijos, el piso arranca en $3.302.179 de ingresos netos mensuales.
Para un casado sin hijos, el mínimo para tributar se ubica en $2.894.000 netos mensuales.
Las escalas y deducciones se actualizan de forma semestral en función de la inflación. Como la variación acumulada de julio a diciembre de 2025 fue del 14,29%, ese mismo porcentaje se traslada a los parámetros del período enero-julio.
Con ese ajuste, la ganancia no imponible del primer semestre se ubica en $5.151.802,50. Además, en cargas de familia, el monto para cónyuge asciende a $4.851.964,66, para hijo a $2.446.863,48, y la deducción especial a $18.031.308,76.

Un sitio especializado recordó que "también se actualiza la escala anual del impuesto correspondiente al primer semestre de 2026".
Y precisó: "El primer tramo, de hasta $2.000.030,09 de ganancia neta imponible acumulada, queda gravado al 5%. A partir de allí, las alícuotas progresivas avanzan por tramos del 9%, 12%, 15%, 19%, 23%, 27% y 31%, hasta alcanzar la alícuota máxima del 35% para ganancias superiores a $60.750.913,96, con un impuesto fijo acumulado previo de $14.672.720,74".
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, señaló que "los empleadores ya pueden empezar a actualizar sus sistemas y ampliar las retenciones considerado las tablas del primer semestre de 2026".
El especialista agregó: "Esto es retroactivo al 1° de enero, de manera que los empleadores que ya pagaron las remuneraciones aplicando las tablas del año pasado tienen que hacer un recálculo en el próximo pago de sueldo que realicen y devolver los importes que hubieran retenido de mas. Lo podrán compensar en el siguiente pago, si corresponde".
Domínguez advirtió además que "en general las empresas tardan en actualizar sus sistemas y aplicarlos a las liquidaciones de sueldo", por lo que "si alguna está pagando en estos días, todavía deben estar aplicando las tablas anteriores y lo soluciones en el próximo pago".
Sobre las prácticas internas, añadió: "hay empresas que en el momento hacen el recálculo y, si corresponde, devuelven solo la retención de Ganancias para beneficiar a sus empleados". Y aclaró: "No es lo que esta previsto en la norma, porque prevé que los cálculos se hacen al momento del pago de sueldos, pero hay algunas que lo hacen".
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