5 de febrero de 2026
Lo tenes que hacer si tus ingresos brutos de 2025 (enero-diciembre) cambiaron y superaron (o bajaron) los límites de tu categoría actual o si modificaste superficie afectada, consumo de luz, alquileres o unidades de explotación. Si todo sigue igual, no hacés nada (pero chequealo igual). Si tenés menos de 6 meses de actividad están exentos.
Este viernes 5 de febrero vence el plazo para realizar la recategorización semestral del Monotributo correspondiente al primer semestre del año, según la información oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) (ex AFIP).
¿Quiénes
deben recategorizarse?
La
recategorización es obligatoria para los monotributistas que hayan tenido
cambios en sus parámetros durante los últimos 12 meses (enero a diciembre de
2025). Específicamente, deben hacerlo quienes:
No
deben hacer nada (es decir, no es obligatorio el trámite) si:
Sin
embargo, ARCA recomienda que todos los monotributistas verifiquen su situación
en el portal, ya que, si correspondía subir o bajar de categoría y no se hace,
el organismo puede realizar una recategorización de oficio, lo que podría
generar multas, intereses retroactivos o incluso exclusión del régimen
simplificado.
¿Cómo
saber si te corresponde y cómo hacerlo?
Las
categorías y topes vigentes desde febrero 2026 están actualizados en el sitio
oficial de ARCA: categorías Monotributo.Si no lo hacés a tiempo y te
correspondía, ARCA puede notificarte en tu Domicilio Fiscal Electrónico dentro
de los 10 días hábiles posteriores.
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