11 de marzo de 2026
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 (juez Enrique Lavié Pico) desestimó suspender los artículos 90 y 91 de la Ley 27.802 (Modernización Laboral), que transfieren la Justicia Nacional del Trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. El argumento del fallo es que no hay "peligro en la demora" ni daño irreparable que justifique frenar la norma mientras se resuelve el fondo de la causa. Esto es el primer revés para el sindicalismo en su ofensiva judicial contra la reforma promulgada el 6 de marzo. La ley sigue vigente y el traspaso avanza.
El
Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 rechazó una medida cautelar
presentada por la CGT (Confederación General del Trabajo) contra partes de la
Reforma Laboral aprobada por el Congreso durante el gobierno de Javier Milei.
El
juez Enrique Lavié Pico desestimó el pedido de suspensión inmediata de los
artículos 90 y 91 de la ley (Ley 27.802 o similar, según las fuentes), que
regulan el traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo a la
órbita de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La
CGT argumentaba que esto podría implicar el cierre de alrededor de 30 juzgados
laborales nacionales, afectando miles de causas en trámite, y vulneraría
derechos laborales y la estructura judicial.
El
juez consideró que no se configuró un "peligro en la demora"
suficiente para justificar una medida cautelar urgente, es decir, no se
demostró un daño inminente o irreparable que requiriera frenar la aplicación de
esos puntos mientras se resuelve el fondo del caso.
Este
es un revés inicial para la estrategia sindical de impugnar la reforma por vía
judicial, aunque la causa principal sobre la inconstitucionalidad de la ley
sigue en trámite (no está cerrada).
La
Reforma Laboral forma parte de las políticas impulsadas por el gobierno de
Milei para "modernizar" el mercado laboral, incluyendo cambios en
aspectos como despidos, indemnizaciones, convenios colectivos y otras
regulaciones (inicialmente intentados vía DNU 70/2023, que enfrentó
suspensiones judiciales previas en 2024, pero partes fueron incorporadas o
ratificadas en ley vía Congreso en sesiones recientes).
La
CGT y otros sindicatos han judicializado la norma desde su sanción, alegando
violaciones a derechos constitucionales (como el art. 14 bis de la Constitución
Nacional, protección contra despidos arbitrarios y libre agremiación).
Este
fallo es el primero en desestimar una cautelar específica, pero se esperan más
acciones judiciales de gremios para intentar frenar su implementación total.
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