13 de marzo de 2026

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País. A casi un mes de su sanción, un juez declaró inconstitucional un artículo de la Reforma Laboral

La reforma laboral impulsada por el Gobierno registró su primer revés judicial luego de que un juez laboral de Córdoba declarara inconstitucional un artículo de la norma que regula la actualización de créditos laborales en juicios en curso, al considerar que el mecanismo establecido podía reducir de manera significativa las indemnizaciones que perciben los trabajadores despedidos.

La reforma laboral acumuló recientemente su primer revés, en un fallo emitido por la Justicia laboral de Córdoba donde un magistrado declaró inconstitucional uno de los artículos de la norma vinculados al cálculo de créditos laborales en procesos judiciales que ya estaban en trámite al momento de la entrada en vigencia de la ley.

La resolución fue dictada por el juez laboral Ricardo Gileta, quien analizó el artículo 55 de la legislación y concluyó que su aplicación no resultaba compatible con la Constitución Nacional. En el fallo, el magistrado expresó que "queda desechada la validez constitucional del artículo 55", al considerar que el mecanismo previsto para la actualización de las deudas laborales afectaba derechos reconocidos en el marco del sistema jurídico vigente.

El artículo cuestionado establece cómo deben actualizarse los créditos laborales en causas judiciales que ya se encontraban en trámite cuando entró en vigencia la reforma. En particular, la norma fija un nuevo esquema de cálculo para las deudas laborales que surge de aplicar tasas vinculadas al Banco Central, con límites determinados por la inflación y otros parámetros.

De acuerdo con los análisis judiciales difundidos tras el fallo, ese mecanismo podía implicar una reducción significativa del monto final que perciben los trabajadores en los procesos judiciales por despido u otros reclamos laborales. En algunos casos, la diferencia podría oscilar entre un 20% y un 60% menos respecto de los criterios utilizados previamente por distintos tribunales laborales.

Al evaluar la constitucionalidad del artículo, el magistrado resolvió que las indemnizaciones y otros créditos derivados de relaciones laborales deben mantener una protección especial debido a su carácter alimentario, un principio reconocido en la legislación laboral argentina y en numerosos precedentes judiciales.

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En ese contexto, el juez dispuso que en el caso analizado las deudas laborales se calculen aplicando el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establece la actualización de los créditos laborales mediante un esquema que contempla inflación más un interés mensual por mora.

Primer fallo contra la reforma laboral: juez declaró inconstitucional el  artículo que limita las indemnizaciones - Despertar Entrerriano

La resolución judicial sostuvo que el mecanismo previsto por la reforma podía reducir significativamente el monto a cobrar por los trabajadores.

La decisión judicial representa el primer fallo en contra de la reforma laboral desde su aprobación legislativa y se produce en medio de una serie de presentaciones judiciales impulsadas por distintos actores vinculados al ámbito sindical y jurídico.

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En las últimas semanas, diversas organizaciones y entidades vinculadas al mundo del trabajo habían anticipado que recurrirían a la Justicia para cuestionar algunos aspectos de la norma. Entre ellas se encuentra la Asociación Gremial de la Abogacía del Estado, que promovió una acción judicial colectiva destinada a discutir la constitucionalidad de varios artículos de la legislación.

En esa presentación, los abogados argumentaron que determinados puntos de la reforma podrían afectar derechos laborales reconocidos por la legislación argentina y por la Constitución Nacional, en particular aquellos vinculados con la protección del trabajo.

El pronunciamiento de la Justicia laboral cordobesa se suma así a ese escenario de litigios judiciales que comenzó a desarrollarse luego de la sanción de la reforma. Aunque el fallo tiene efectos directos únicamente en el caso analizado, su contenido abre un antecedente relevante en el debate judicial sobre la constitucionalidad de algunos aspectos de la normativa.

La reforma laboral, aprobada recientemente por el Congreso, introdujo modificaciones en distintos aspectos de la regulación del empleo y del funcionamiento del sistema judicial laboral. Entre otros puntos, la ley establece cambios en el tratamiento de los créditos laborales, la actualización de deudas derivadas de juicios y diversos mecanismos vinculados con las relaciones laborales.

Con este fallo, la discusión sobre el alcance y la aplicación de la reforma comenzó a trasladarse a los tribunales, donde distintos jueces deberán analizar los planteos presentados en relación con la constitucionalidad de algunos de sus artículos.

El pronunciamiento del juez Ricardo Gileta marca así el primer antecedente judicial en contra de la norma y abre una nueva etapa en el debate jurídico sobre la reforma laboral, que continuará desarrollándose en los tribunales a medida que avancen las distintas demandas presentadas contra la legislación.

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