24 de abril de 2026

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País. Suspenden la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz

El juez federal Claudio Vázquez frenó la aplicación de la reforma tras un amparo impulsado desde El Calafate. La medida abre un nuevo frente judicial para el Gobierno y puede impactar en proyectos mineros y energéticos.

La Justicia Federal de Río Gallegos ordenó suspender en Santa Cruz la aplicación de la reforma de la Ley de Glaciares, apenas horas después de su publicación en el Boletín Oficial. La decisión fue tomada por el juez federal Claudio Marcelo Vázquez, quien hizo lugar a una medida cautelar en el marco de un amparo ambiental y dispuso frenar cualquier autorización de actividades que puedan afectar glaciares o ambiente periglacial.

El fallo suspendió los efectos de la reforma de la Ley 26.639 en el territorio santacruceño hasta que exista una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo. La resolución anticipa una nueva etapa de judicialización, con posibles apelaciones y un recorrido que podría llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Justicia Federal frenó la reforma de la Ley de Glaciares en Santa Cruz

El juez Vázquez dispuso la "suspensión de los efectos de la reforma de la Ley 26.639 en el ámbito de la provincia de Santa Cruz", una definición que deja sin aplicación local los cambios aprobados por el Congreso mientras se analiza la constitucionalidad de la norma.

El punto central de la cautelar ordena al Estado Nacional abstenerse de autorizar o ejecutar actividades que puedan afectar glaciares y zonas periglaciares. En los hechos, la medida congela cualquier avance administrativo o productivo vinculado a la normativa cuestionada dentro de la provincia.

La acción judicial fue promovida por el Concejo Deliberante de El Calafate, representado por su presidenta Celia Barría; la Municipalidad de El Calafate, encabezada por el intendente Javier Belloni; el diputado provincial Carlos Alegría; y la diputada nacional por Santa Cruz Ana María Ianni.

Los dirigentes reclamaron que se declare la inconstitucionalidad, inconvencionalidad y nulidad absoluta de la reforma de la Ley de Glaciares. Hasta que se resuelva el fondo del expediente, solicitaron una medida cautelar de no innovar para impedir que la reforma produzca efectos.

El argumento ambiental del juez Claudio Vázquez

Uno de los ejes del fallo fue el "peligro en la demora", un requisito clave para habilitar medidas cautelares. Vázquez consideró que permitir la aplicación inmediata de la reforma podía generar consecuencias ambientales irreversibles.

En ese sentido, el magistrado sostuvo que "la eventual habilitación de actividades industriales o extractivas en zonas de alta fragilidad ambiental podría generar impactos de difícil o imposible recomposición".

El juez también remarcó que los glaciares y el ambiente periglacial son "reservas estratégicas de agua dulce esenciales para el equilibrio ambiental y el desarrollo sostenible", por lo que cualquier cambio normativo sobre su protección debe ser evaluado con un estándar elevado.

La resolución se apoya en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano, y en principios centrales del derecho ambiental, como el principio precautorio y el principio de no regresión.

Principio precautorio y no regresión: las claves del fallo

El fallo invoca el principio precautorio, que obliga a tomar medidas preventivas aun cuando no exista certeza científica absoluta si hay riesgo de daño grave o irreversible.

En esa línea, la resolución afirma que "el principio precautorio impone adoptar medidas eficaces para impedir la degradación del ambiente". Para el juez, esa regla cobra especial relevancia cuando están en juego bienes naturales estratégicos como los glaciares.

También aparece el principio de no regresión ambiental, que impide reducir los niveles de protección ya alcanzados. La sentencia advierte que una flexibilización normativa que disminuya la tutela sobre glaciares podría ser incompatible con ese estándar.

Este punto es central porque puede proyectarse más allá de Santa Cruz. Aunque la cautelar tiene alcance territorial limitado, sus argumentos podrían ser retomados en otros planteos judiciales contra la reforma.


Quién es Claudio Vázquez, el juez que dictó la cautelar

Claudio Marcelo Vázquez es juez federal de Río Gallegos y llegó a ese cargo tras ser propuesto en 2020 por el entonces presidente Alberto Fernández. Su pliego fue aprobado por el Senado y desde entonces quedó al frente del Juzgado Federal N°1 de la capital santacruceña.

Antes de desembarcar en la justicia federal patagónica, Vázquez había tenido una breve pero controvertida experiencia como juez subrogante en la Cámara Federal de Casación Penal. Su designación se produjo en 2015, en reemplazo de Luis María Cabral, en medio de una fuerte tensión institucional vinculada a la causa por el Memorándum con Irán.

Su paso por Casación duró alrededor de ocho meses y quedó atravesado por cuestionamientos políticos y judiciales a la ley de subrogancias, que luego fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema.

En Río Gallegos, Vázquez intervino en causas de narcotráfico, delitos federales, conflictos sociales y expedientes ambientales. Ahora volvió al centro de la escena nacional por una decisión con impacto directo en la agenda ambiental, minera y política.

Un fallo con impacto en minería, energía y política ambiental

La suspensión de la reforma en Santa Cruz tiene un alcance local, pero su efecto político y económico es mucho más amplio. La provincia forma parte de una región clave para los debates sobre minería, recursos naturales, agua, energía y desarrollo productivo.

La decisión introduce incertidumbre sobre eventuales proyectos en zonas cordilleranas o áreas sensibles, donde la delimitación entre actividades productivas y territorios protegidos suele generar disputas entre empresas, gobiernos, comunidades y organizaciones ambientales.

El fallo también vuelve a exponer una tensión estructural en la Argentina: cómo compatibilizar inversiones en sectores estratégicos con la protección de ecosistemas críticos. En esta primera etapa, la Justicia priorizó la prevención del daño ambiental, pero la discusión de fondo seguirá abierta.

Para el Gobierno nacional, la cautelar representa un obstáculo judicial en una agenda orientada a facilitar inversiones y reordenar marcos regulatorios. Para sectores ambientalistas y dirigentes provinciales, en cambio, la medida aparece como un freno necesario ante una reforma que consideran regresiva.

Nuevos amparos llevan el conflicto por los glaciares a la Corte Suprema

La judicialización del conflicto no quedó limitada a Santa Cruz. La Asociación Americana de Juristas y el Foro Ecologista de Paraná presentaron un amparo directo ante la Corte Suprema, con un planteo que busca declarar a los glaciares y al ambiente periglacial como "sujetos de derecho".

La presentación invoca el artículo 41 de la Constitución, los principios de no regresión y equidad intergeneracional, y advierte sobre el impacto de cualquier retroceso normativo en las futuras generaciones.

Además, solicita la implementación urgente de un plan interjurisdiccional frente al riesgo climático e ígneo, en un contexto de incendios crecientes en la Patagonia. Sus impulsores señalaron: "No estamos solo ante una crisis de incendios, sino ante un debilitamiento de los mecanismos de protección ambiental".

A esa ofensiva se suma una demanda colectiva impulsada por Greenpeace, que busca ampliar el alcance del reclamo y representar a un conjunto amplio de afectados sin necesidad de litigios individuales.

Provincias y dirigentes se suman contra la reforma

El mapa judicial podría ampliarse en los próximos días. Se preparan nuevas presentaciones en provincias como Mendoza, Neuquén, La Pampa, Santa Fe, Córdoba y Buenos Aires, con el objetivo de frenar la aplicación de la reforma en distintos territorios.

En Neuquén, la diputada Cecilia Papa advirtió que "la reforma debilita la protección del agua", mientras que el exsecretario de Energía Darío Martínez sostuvo: "El agua no se negocia".

En La Pampa, la fiscal de Estado Romina Schmidt alertó que "el daño no es abstracto, es real". A su vez, el gobernador Sergio Ziliotto fue tajante: "A partir de esta ley va a haber menos agua".

La expansión de los amparos confirma que el conflicto por la Ley de Glaciares ingresó en una etapa federal, con impacto ambiental, económico, judicial y político. La discusión ya no se limita al texto de la reforma, sino que involucra el modelo de desarrollo, la protección del agua y el rol de la Justicia en la prevención del daño ambiental.

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