7 de mayo de 2026
El máximo tribunal desestimó la solicitud de la Procuración del Tesoro para intervenir sin esperar una segunda instancia. No obstante, la Ley 27.802 sigue vigente tras el fallo de la Cámara del Trabajo que revocó la cautelar contra la reforma.
La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal intervenga directamente en la causa que analiza la validez de la Ley 27.802 de Modernización Laboral. La decisión fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz.
El tribunal entendió que no están reunidos los requisitos previstos por el Código Procesal Civil y Comercial para habilitar una intervención excepcional sin pasar por las instancias intermedias. De todos modos, la reforma laboral permanece vigente, luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocara la cautelar dictada en primera instancia.
El recurso de per saltum permite saltear instancias judiciales intermedias solo en casos de competencia federal y cuando se acredite una situación de notoria gravedad institucional.
En este caso, la Corte consideró que esos requisitos no se verificaban. El planteo había sido presentado por la Procuración del Tesoro el 16 de abril, después de que un juez laboral declarara la inconstitucionalidad de gran parte de la Ley de Modernización Laboral.
Fuentes judiciales señalaron que, en esta etapa del proceso, el pedido oficial resultaba "inoficioso", ya que la reforma se encuentra actualmente en plena vigencia tras la intervención de la Cámara del Trabajo.

El punto central para el Gobierno es que el rechazo del per saltum no implica una caída de la reforma. La ley sigue vigente porque la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la decisión de primera instancia que había suspendido la aplicación de 83 artículos.
Esa cautelar había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, a partir de una presentación de la CGT.
Con la resolución de la Cámara, la vigencia plena de la norma fue restituida. Por eso, el rechazo de la Corte no altera por ahora la aplicación de la ley, aunque el expediente continuará su curso judicial por las vías ordinarias.
En su presentación, los abogados del Estado solicitaron que la Corte revisara el fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que había suspendido artículos centrales de la reforma laboral.
La Procuración del Tesoro, en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano, pidió que se admitiera el recurso extraordinario y que se suspendieran los efectos de la cautelar hasta una resolución definitiva del máximo tribunal.
Además, reclamó que la Corte revocara el fallo de primera instancia por considerar que fue dictado por un juez incompetente, que no existía un caso judicial y que tampoco había legitimación activa colectiva para impulsar la acción.

La causa se inició a partir de una presentación de la CGT, que pidió la declaración de inconstitucionalidad y la suspensión cautelar de una serie de artículos de la Ley 27.802.
La central obrera sostuvo que los artículos cuestionados modifican el régimen laboral vigente y vulneran derechos y garantías constitucionales, entre ellos la protección del trabajo, la progresividad de los derechos sociales, la libertad sindical y el acceso a la Justicia.
El juez Ojeda aceptó inicialmente la medida cautelar y suspendió con alcance general los artículos impugnados. Esa decisión fue luego revocada por la Cámara del Trabajo, lo que permitió que la norma volviera a regir.
El rechazo de la Corte representa un revés procesal para el Gobierno, porque impide acelerar el tratamiento del expediente en el máximo tribunal. Sin embargo, no modifica el dato político y jurídico más importante: la reforma laboral sigue vigente.
Para la administración de Javier Milei, la Ley de Modernización Laboral es una de las piezas centrales de su agenda económica y legislativa. El oficialismo la presenta como una herramienta para flexibilizar el mercado de trabajo, reducir costos y promover la creación de empleo formal.
Para los sindicatos, en cambio, la norma implica un retroceso en derechos laborales y abre un conflicto judicial que todavía no está cerrado.

La resolución de la Corte confirma que el expediente deberá seguir su recorrido por las instancias judiciales ordinarias. Eso significa que la discusión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral continuará en el fuero laboral y eventualmente podría volver al máximo tribunal más adelante, si se cumplen los requisitos procesales.
Desde una mirada institucional, el fallo también marca un límite al uso del per saltum como herramienta para acelerar causas sensibles del Gobierno. La Corte evitó intervenir de manera anticipada y dejó que el trámite judicial avance por los canales habituales.
En términos políticos, el caso mantiene abierto un frente de disputa entre el oficialismo y la CGT. Aunque la ley sigue vigente, la judicialización de la reforma laboral puede seguir generando tensión sindical, nuevos planteos judiciales y presión sobre el Congreso y el Ministerio de Capital Humano.
Comentarios
0Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.
Iniciá sesión para dejar tu comentario
Iniciar sesiónCargando comentarios...
Denunciar comentario