8 de mayo de 2026

Política

Política. Caso Odebrecht: la Cámara Federal sobreseyó a dos imputados por prescripción

La Sala II entendió que los plazos legales para juzgar a Luis Beuret y Marcio Faria Da Silva ya estaban vencidos. El fallo reabre la discusión sobre la prescripción en causas de corrupción y puede impactar en otros acusados.

La Sala II de la Cámara Federal porteña resolvió sobreseer a Luis Beuret y Marcio Faria Da Silva en la causa conocida como Odebrecht-Gasoducto, un expediente de alto impacto que investiga el presuntos pagos de sobornos vinculados a obras de ampliación de gasoductos en la Argentina. El tribunal consideró que los plazos legales para juzgar los hechos ya estaban vencidos.

El fallo fue firmado por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, y ordena poner fin al proceso penal para ambos imputados. La decisión se apoya en nuevos informes remitidos por la Cámara de Diputados sobre las funciones que desempeñó otro de los acusados, Cristian Folgar, un dato clave para definir si correspondía o no suspender la prescripción.

La Cámara Federal cerró parte de la causa Odebrecht-Gasoducto

El planteo de las defensas había sido rechazado el año pasado por la jueza federal María Eugenia Capuchetti, quien tiene a cargo el expediente. La magistrada también había dispuesto el llamado a indagatoria para octubre de todos los acusados.

Sin embargo, la Cámara revisó el criterio y concluyó que, en el caso de Beuret y Faria Da Silva, el paso del tiempo impedía seguir adelante con el proceso penal.

La discusión central giró en torno a la prescripción, es decir, el plazo máximo que tiene la Justicia para juzgar un delito. Si ese período se cumple sin condena, el expediente debe cerrarse.


El rol de Cristian Folgar, clave en el fallo

El eje jurídico del caso fue determinar si Cristian Folgar desempeñó tareas como funcionario público de una manera que pudiera suspender el plazo de prescripción.

La ley prevé que, en ciertos casos, los plazos se suspendan cuando los imputados ocupan cargos públicos, porque esa posición podría facilitar maniobras para influir u obstaculizar una investigación.

Pero la Cámara entendió que esa regla no puede aplicarse de manera automática. Para los jueces, no alcanza con demostrar una vinculación formal con el Estado: también debe analizarse si el cargo otorgaba poder real para interferir en la causa.

El argumento de Roberto Boico

El juez Roberto Boico, cuyo voto fue acompañado por Martín Irurzun, sostuvo que la suspensión de la prescripción debe evaluarse según las funciones concretas del imputado.

"La presunción que otorga fundamento a la cláusula no depende de la efectiva prueba de un entorpecimiento o ejercicio de influencia en la investigación, sino de la constatación de la situación de hecho a que refirió el legislador", señaló.

Luego agregó que, si las tareas del funcionario no le daban herramientas reales para obstaculizar el expediente, no correspondía interrumpir el cómputo de los plazos.

En esa línea, Boico afirmó: "El tipo de actividad que desarrolló el funcionario y el lugar donde lo hizo tuvieron particularidades tales que permiten tener por derrotada la presunción objetiva que prevé la norma penal".


El informe de Margarita Stolbizer

Uno de los nuevos elementos incorporados al expediente fue un informe de la diputada Margarita Stolbizer, que confirmó que Folgar trabajó en su despacho como asesor técnico.

Según esa documentación, sus tareas estaban vinculadas a producción, infraestructura, energía, economía, presupuesto y hacienda. También participó en el análisis de proyectos de ley del Poder Ejecutivo, colaboró en un encuentro nacional sobre infraestructura vial y asesoró a cooperativas eléctricas del interior bonaerense.

Para Capuchetti, ese cargo debía ser considerado dentro de la categoría de funcionario público. Para la Cámara, en cambio, las funciones concretas no le daban capacidad real para influir en la investigación penal.

La postura de Farah y la duración excesiva del expediente

El juez Eduardo Farah coincidió con el sobreseimiento, aunque incorporó un argumento adicional: la duración excesiva del proceso.

Farah remarcó que la causa se extendió más allá de lo razonable y que no correspondía seguir prolongando el enjuiciamiento.

"La prolongación que tuvo el enjuiciamiento se extendió más de lo permitido por las normas, por lo que debe sobreseerse a todos los imputados", sostuvo.

La Cámara también indicó que el criterio adoptado deberá ser revisado en relación con otros imputados del expediente, según los cargos y tareas específicas que hayan tenido mientras eran investigados.

Una causa abierta hace más de 17 años

La causa Odebrecht-Gasoducto lleva más de 17 años abierta y forma parte de las investigaciones por presuntas coimas canalizadas a través de la División de Operaciones Estructuradas de la constructora brasileña Odebrecht entre 2007 y 2014.

Según reconoció la propia empresa en Brasil, el monto total de sobornos vinculados a los gasoductos ascendió a US$25 millones.

El expediente investiga presuntas irregularidades en obras de ampliación de los gasoductos Norte y Sur, un capítulo sensible dentro de las causas de corrupción ligadas a la obra pública durante gobiernos anteriores.


Otro tramo de la investigación sigue en juicio

El fallo no cierra toda la causa Odebrecht. En otro tramo del expediente, el fiscal Diego Luciani pidió recientemente 4 años de prisión para el exministro de Planificación Julio De Vido.

En su alegato, Luciani acusó al exfuncionario de facilitar el direccionamiento del concurso para la ampliación de los gasoductos Norte y Sur. También pidió condenas para otros tres imputados.

Ese tramo ya está en juicio oral, mientras la discusión sobre prescripción continúa abierta en la Cámara y podría llegar a la Cámara Federal de Casación Penal si el fallo es apelado.

Un fallo con impacto en causas de corrupción

La decisión de la Cámara Federal puede tener impacto más allá de Beuret y Faria Da Silva. El tribunal ordenó revisar si el mismo criterio corresponde para otros imputados de la causa, en función de sus cargos, tareas y capacidad real de influencia.

Desde una mirada judicial, el fallo marca un límite a la suspensión automática de la prescripción en causas donde aparecen funcionarios o exfuncionarios. La Cámara dejó planteado que cada caso debe evaluarse según el rol concreto que tuvo la persona investigada.

En términos políticos e institucionales, el caso vuelve a poner en debate la duración de las investigaciones por corrupción en la Argentina. Cuando los expedientes se extienden durante años sin sentencia firme, el riesgo de prescripción se convierte en un factor decisivo y puede terminar cerrando procesos antes de que exista una definición de fondo.

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