11 de mayo de 2026

Política

Política. La Justicia le concedió arresto domiciliario a Julio De Vido en la causa por la tragedia de Once

La Cámara Federal de Casación Penal aceptó el pedido de la defensa por el cuadro médico del ex ministro. El Tribunal Oral Federal 4 ordenó su traslado desde Ezeiza a su casa en Zárate con tobillera electrónica.

La Cámara Federal de Casación Penal autorizó el arresto domiciliario para Julio Miguel De Vido, exministro de Planificación Federal, en el marco de la condena que cumple por la causa Tragedia de Once 2. La decisión se fundamentó en el delicado estado de salud del exfuncionario, de 76 años, y en los informes médicos incorporados al expediente.

La medida fue adoptada por la Sala III de Casación, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci. Tras el fallo, el juez del Tribunal Oral Federal 4, Ricardo Ángel Basílico, dispuso el traslado de De Vido desde el penal de Ezeiza hasta su domicilio en Zárate, con colocación de tobillera electrónica, controles periódicos y mantenimiento de la prohibición de salida del país.

Casación autorizó la prisión domiciliaria de De Vido

La resolución revocó el criterio previo del Tribunal Oral Federal 4, que el 16 de abril había rechazado el pedido de prisión domiciliaria presentado por la defensa del exministro.

El planteo fue impulsado por el abogado Maximiliano Rusconi, quien argumentó que el cuadro clínico de De Vido era incompatible con las condiciones de detención en una unidad penitenciaria.

La Cámara aceptó ese argumento y dejó la modalidad concreta del arresto domiciliario bajo las condiciones que fije el magistrado interviniente. La decisión incluye controles médicos y monitoreo electrónico.

El cuadro médico que analizó la Justicia

La defensa sostuvo que De Vido padece enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa, diabetes tipo 2 insulinodependiente, fibrilación auricular persistente, hipertensión y antecedentes de ACV.

También se incorporó al expediente un episodio cardíaco reciente. Según la presentación, el exfuncionario sufrió un infarto agudo de miocardio el 1 de abril, que requirió traslado urgente, internación en distintos centros médicos, angioplastia e implante de stent.

A partir de ese cuadro, De Vido necesita tratamiento permanente con anticoagulantes y antiarrítmicos, dieta controlada, controles clínicos de seguimiento y una infraestructura sanitaria adecuada para un paciente de alto riesgo cardiovascular.

El informe del Cuerpo Médico Forense

Uno de los elementos centrales fue el informe del Cuerpo Médico Forense, que advirtió sobre los riesgos de mantener al exministro en un entorno carcelario si no se cumplían de forma estricta las recomendaciones médicas.

El expediente detalló que De Vido debió ser sometido a una cardioversión eléctrica, una cinecoronariografía y una posterior revascularización coronaria.

Según la resolución, si no se cumplían total o parcialmente las exigencias médicas, el entorno penitenciario podía ser considerado inadecuado para su alojamiento, con riesgo de descompensaciones o trastornos irreparables para su salud.

La condena por la Tragedia de Once 2

De Vido cumple una condena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en el contexto de la causa conocida como Tragedia de Once 2.

El TOF 4 consideró que el exministro no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos asignados a Trenes de Buenos Aires. En cambio, fue absuelto del delito de estrago culposo por las muertes y lesiones derivadas del accidente ferroviario ocurrido en febrero de 2012, que dejó 52 víctimas fatales.

En noviembre pasado, la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena, lo que habilitó la ejecución de la pena en esta causa.

Una causa emblemática del sistema ferroviario argentino

La tragedia de Once fue uno de los hechos más graves de la historia ferroviaria argentina y derivó en un extenso proceso judicial sobre responsabilidades empresarias, administrativas y políticas.

La condena a De Vido consolidó su responsabilidad penal por administración fraudulenta, aunque no por el resultado directo del accidente. Esa distinción fue central en el recorrido judicial del expediente.

El beneficio de la prisión domiciliaria no modifica la condena ni implica una absolución. La pena sigue vigente, pero se cumplirá bajo una modalidad distinta por razones de salud.

De Vido sigue juzgado en otras causas

El exministro también enfrenta otros procesos judiciales. Entre ellos, la causa Cuadernos, que se encuentra en etapa de juicio oral y analiza presuntos pagos de sobornos millonarios vinculados a la obra pública.

Durante los últimos años, la defensa de De Vido había pedido en varias oportunidades el arresto domiciliario por motivos de edad y salud. Esos planteos habían sido rechazados, hasta que el nuevo cuadro médico y los informes forenses modificaron el análisis de Casación.

Un fallo con impacto judicial y político

La decisión de Casación vuelve a poner en debate los criterios para conceder prisión domiciliaria a exfuncionarios condenados, especialmente cuando existen enfermedades crónicas y riesgos sanitarios acreditados.

Desde una mirada judicial, el punto central fue determinar si el penal de Ezeiza podía garantizar las condiciones médicas exigidas para un paciente con el perfil de riesgo de De Vido. Para la Cámara, los informes incorporados justificaron modificar el lugar de cumplimiento de la pena.

En términos políticos, el fallo tendrá repercusión por el peso simbólico del exministro en las causas de corrupción y por la sensibilidad pública de la tragedia de Once. La resolución, sin embargo, se apoya en un argumento médico: preservar la salud del condenado sin dejar sin efecto la pena firme.

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