15 de junio de 2026

Política

Política. Corte Suprema: el Gobierno busca acelerar los nombramientos

La Casa Rosada prepara un decreto para acortar trámites administrativos antes de enviar los pliegos al Senado. La medida elimina una instancia de participación ciudadana previa y suprime criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional.

El Gobierno de Javier Milei avanza con una reforma del proceso para nombrar jueces de la Corte Suprema de Justicia. La medida será instrumentada mediante un decreto impulsado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, y busca agilizar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal, que actualmente funciona con tres de los cinco integrantes previstos por ley.

La iniciativa apunta a modificar el régimen vigente para eliminar pasos administrativos dentro del Poder Ejecutivo, reducir plazos y trasladar la principal instancia de impugnaciones y observaciones ciudadanas al Senado. El oficialismo sostiene que se trata de evitar duplicaciones, pero el cambio abre un debate institucional sensible sobre transparencia, control público y equilibrio político en la designación de magistrados.

La reforma para nombrar jueces de la Corte Suprema

El cambio central será la eliminación de la publicación de antecedentes y la recepción de observaciones ciudadanas dentro del Ministerio de Justicia antes del envío del pliego al Congreso. Hasta ahora, producida una vacante, esa cartera debía publicar el nombre y los antecedentes del candidato en el Boletín Oficial y en al menos dos diarios de circulación nacional.

Luego se abría un plazo para que ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales y otros actores presentaran impugnaciones u observaciones fundadas. Recién después de esa etapa, el Presidente podía elevar el pliego al Senado, donde se abría otra instancia de audiencias públicas y evaluación parlamentaria.

Con el nuevo esquema, esa primera ronda quedaría eliminada. La participación ciudadana seguiría existiendo, pero se concentraría directamente en el trámite legislativo. Para el Gobierno, la instancia previa duplicaba procedimientos y demoraba la cobertura de vacantes. Para sectores críticos, en cambio, la modificación puede reducir controles antes de que el Ejecutivo formalice una candidatura.


El Senado mantendrá la última palabra

El decreto no modifica el requisito constitucional para aprobar a los jueces de la Corte Suprema. El artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional establece que el Presidente nombra a los magistrados del máximo tribunal con acuerdo del Senado y con el voto de dos tercios de sus miembros presentes en sesión pública.

Ese punto es clave porque el principal obstáculo político para Javier Milei sigue siendo parlamentario. El año pasado, el Gobierno intentó cubrir las vacantes con el juez federal Ariel Lijo y el académico Manuel García-Mansilla, pero no logró reunir los votos necesarios en la Cámara alta.

Lijo fue sometido a votación y no alcanzó los dos tercios requeridos. García-Mansilla llegó a asumir en comisión durante algunas semanas, pero luego presentó su renuncia. Ese antecedente dejó a la Corte Suprema funcionando con Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, tras las vacantes abiertas por la salida de Elena Highton de Nolasco en 2021 y de Juan Carlos Maqueda a fines de 2024.

Menos plazos, publicación digital y nuevas reglas patrimoniales

El proyecto también moderniza la forma de publicar antecedentes. La difusión ya no se realizaría en el Boletín Oficial ni en diarios de circulación nacional, sino en la página web oficial del Ministerio de Justicia, con plazos más breves.

Además, la nueva normativa establecería un régimen uniforme para la información patrimonial y fiscal de los candidatos. Los postulantes deberán presentar sus declaraciones juradas patrimoniales bajo la Ley de Ética Pública 25.188 en un plazo de cinco días. También se fijaría por primera vez un plazo específico para que la ARCA informe el cumplimiento de obligaciones impositivas y previsionales.

Ese punto busca ordenar la revisión documental, pero también puede convertirse en un foco de disputa si el Gobierno avanza con nombres controvertidos. En causas de alto impacto institucional, la trazabilidad patrimonial, los antecedentes profesionales y la independencia política suelen ser elementos centrales del debate público.

El Gobierno elimina criterios de diversidad y representación

Uno de los cambios más sensibles será la supresión de la recomendación para que el Presidente contemple diversidad de género, especialidad jurídica y procedencia regional al momento de proponer candidatos. Ese criterio había sido utilizado por la oposición para cuestionar las postulaciones de Lijo y García-Mansilla, especialmente por la ausencia de mujeres en las vacantes propuestas.

La eliminación no obliga al Gobierno a elegir perfiles similares a los anteriores, pero le quita una exigencia política y argumental dentro del trámite previo. En términos institucionales, el punto puede reabrir la discusión sobre la composición de la Corte Suprema y la representación de mujeres, especialidades jurídicas y provincias dentro del máximo tribunal.

La medida también podría alcanzar la designación de jueces federales, fiscales y defensores oficiales, no solo a los integrantes de la Corte Suprema. De confirmarse ese alcance, el decreto tendría impacto sobre una parte más amplia del sistema judicial federal.

Una jugada política para recuperar iniciativa judicial

La reforma aparece en un contexto complejo para la Casa Rosada. El oficialismo no logró completar la Corte Suprema durante su primer intento y el Senado acaba de mostrar autonomía en la discusión de pliegos judiciales, incluso frente a decisiones que generaron tensión dentro del propio Gobierno.

Para Milei, acortar el proceso puede ayudar a relanzar futuras nominaciones con menos desgaste administrativo. Sin embargo, la batalla de fondo seguirá en el Congreso, donde necesitará negociar con bloques dialoguistas y opositores para alcanzar una mayoría agravada.

La discusión también tiene impacto político porque involucra al Poder Judicial en un momento de alta sensibilidad institucional. Una reforma que agiliza nombramientos puede ser presentada como una herramienta de eficiencia, pero si no logra consenso puede ser leída como un intento de reducir filtros antes de cubrir cargos estratégicos.

Qué puede pasar con las vacantes de la Corte

La Corte Suprema seguirá funcionando con tres miembros hasta que el Gobierno consiga acuerdo legislativo para cubrir las dos vacantes. El nuevo decreto puede acelerar el camino inicial, pero no evita el filtro decisivo del Senado.

El próximo paso será conocer la publicación formal de la norma y, luego, los nombres que la Casa Rosada decida impulsar. Allí se verá si el Gobierno insiste con perfiles de alto conflicto o si busca candidatos con mayor capacidad de reunir apoyos transversales.

La reforma cambia el procedimiento, pero no resuelve el problema político central: sin dos tercios en la Cámara alta, no habrá nuevos jueces para la Corte Suprema.

Comentarios

0

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Cargando comentarios...

Subscribite para recibir todas nuestras novedades