3 de agosto de 2026

Sucesos

Sucesos. Menos controles sanitarios para alimentos e insumos importados

Se reconoce de forma más amplia las certificaciones sanitarias de países con altos estándares (EE.UU., Unión Europea, Canadá, Japón, Australia, Nueva Zelanda y otros). Ahora se importa con una declaración jurada + el certificado de libre venta del país de origen. Se eliminan varios trámites previos y la obligación de registrarlos en el Código Alimentario Argentino. Además, el SENASA concentra las funciones de control y fiscalización de estas importaciones.

El Gobierno nacional oficializó este lunes una nueva flexibilización del régimen de importación de alimentos mediante el Decreto 697/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli, el ministro de Economía Luis Caputo y el ministro de Salud Mario Lugones, amplía el reconocimiento de certificaciones sanitarias extranjeras y reduce trámites para el ingreso de productos e insumos destinados a la industria alimentaria.elpatagonico.com

La norma profundiza el esquema de simplificación iniciado con el Decreto 35/2025, que ya facilitaba el ingreso de alimentos terminados provenientes de países con altos estándares sanitarios (Estados Unidos, miembros de la Unión Europea, Canadá, Suiza, Israel, Japón, Australia, Nueva Zelanda y otros incluidos en listados oficiales).

Ahora el beneficio se extiende a aditivos alimentarios, coadyuvantes de tecnología, ingredientes y materiales en contacto con alimentos que cuenten con certificación emitida por las autoridades competentes de esos países o que se ajusten a las normas del Codex Alimentarius (estándar internacional de la FAO y la OMS).

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Según el decreto, estos productos quedan eximidos de la obligación de incorporarse al Código Alimentario Argentino (CAA) y de varios procedimientos administrativos previos.

Los importadores solo deberán presentar una declaración jurada de importación junto con el certificado de libre venta o documento equivalente del país de origen. La autoridad sanitaria nacional no podrá exigir requisitos adicionales en los casos contemplados.

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Además, la medida concentra en el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) las funciones de control y fiscalización de las importaciones alimentarias, que hasta ahora estaban distribuidas entre distintos organismos.

El Ejecutivo argumenta que el objetivo es eliminar la "duplicación de controles", reducir costos regulatorios y agilizar tanto la importación como la comercialización de alimentos e insumos.

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Esta decisión se enmarca en la política de desregulación impulsada por la administración libertaria desde 2025, orientada a aumentar la oferta de productos, generar mayor competencia y contribuir a la baja de precios en el mercado interno. La norma ya se encuentra vigente desde su publicación.

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