23 de septiembre de 2026
Laura De Marinis argumentó que el Estado no conocía al adolescente, que no iba a la escuela y no se alimentaba bien, y recién intervino por la causa penal. El fallo vale solo para este caso. La Fiscalía apeló.
La titular del Juzgado de Primera Instancia Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3 de la Ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional, para este caso concreto, el artículo 1° de la Ley 27.801, que bajó la edad mínima de punibilidad de 16 a 14 años. En consecuencia, consideró no punible al menor identificado como M.I.A. y dictó su sobreseimiento.
También ordenó la intervención del Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para medidas de acompañamiento familiar, escolar y recreativo.
El hecho ocurrió el 10 de septiembre. Un hombre de 47 años denunció que un grupo de jóvenes lo abordó en la vía pública e intentó sustraerle el celular. El damnificado evadió el intento y pidió auxilio a la Policía de la Ciudad, que detuvo a los adolescentes en flagrancia.
El delito no se consumó y no se registró violencia física contra la víctima. El menor de 14 años era uno de los imputados. La nueva ley había entrado en vigencia cinco días antes.
Los
fundamentos de la jueza
De Marinis argumentó que la respuesta penal resulta desproporcionada y regresiva respecto del sistema anterior, en el que el Estado responsabilizaba al adolescente, pero no lo perseguía penalmente y derivaba el caso al sistema de protección integral.
En una entrevista radial con Ernesto Tenembaum y Gustavo Grabia, la magistrada explicó: "Aplicar el sistema penal, la respuesta desde el sistema penal, es regresivo para este adolescente, porque es estigmatizante. En este contexto, se trata de un chico que no fue conocido por el Estado, que estaba sin educación y sin poder alimentarse; nos enteramos de su situación por el sistema penal y entonces le aplicamos el sistema penal. ¿A usted le parece razonable? Yo expliqué que no es proporcional".
En el fallo agregó que "como adultos, no podemos castigar a los niños, niñas y adolescentes por lo que no hicimos, por haberlos dejado en desamparo en su primera infancia". Señaló que la incorporación al sistema penal debe ser el último recurso y que, en algunas trayectorias, lamentablemente termina siendo el primero. También consideró que la conducta atribuida era "burda y torpe, propia de un adolescente".
La resolución no suspende la vigencia general de la ley ni alcanza a otros casos.
La jueza Laura De Marinis sobreseyó a un menor de 14 años y consideró estigmatizante aplicarle el Régimen Penal Juvenil.
Reacciones
y apelación
La Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil apeló el fallo. El fiscal coordinador Mauro Tereszko pidió revocar la decisión, mantener la aplicación de la norma, apartar a la jueza y sortear un nuevo magistrado. El fiscal general adjunto Eduardo Riggi habló de una "debilidad enorme" en la resolución.
El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anticipó un pedido de juicio político. La ministra de Seguridad de la Nación, Alejandra Monteoliva, cuestionó que este tipo de definiciones "le hacen daño a la justicia, a las víctimas".
El ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, denunció a De Marinis ante el Consejo de la Magistratura por posible mal desempeño y desconocimiento inexcusable del derecho. La asociación Usina de Justicia también la denunció por presunto prevaricato.
El caso se suma a otro pronunciamiento reciente: la jueza de Lomas de Zamora Marta Pascual había suspendido cautelarmente la aplicación de la ley en la provincia de Buenos Aires, decisión que luego fue revocada.
El debate quedó instalado entre quienes consideran que la baja de la edad de imputabilidad es una herramienta necesaria frente a la delincuencia juvenil y quienes sostienen que el Estado debe priorizar la protección y no la persecución penal cuando el adolescente llega al sistema sin haber recibido antes contención educativa, familiar o alimentaria. El expediente ahora pasa a la instancia de apelación.
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