14 de octubre de 2026

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País. Presentaron una denuncia penal contra Claudio Vidal por la venta de tierras estratégicas a empresarios emiratíes

El gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, firmó el decreto 915/2026 que habilita la transferencia de 21.000 hectáreas del Área Natural Protegida Península de Magallanes a ASB Hospitality Calafate S.A.U., vinculada a capitales de los Emiratos Árabes Unidos. Legisladores provinciales y el CEJUS presentaron un amparo para cuestionar la legalidad de la operación y pedir la inconstitucionalidad de la medida.

El gobernador de Santa Cruz, Claudio Vidal, autorizó mediante el decreto 915/2026 la transferencia de 21.000 hectáreas del Área Natural Protegida Península de Magallanes a favor de ASB Hospitality Calafate S.A.U., una empresa vinculada a capitales de los Emiratos Árabes Unidos. La operación quedó bajo cuestionamiento judicial luego de que legisladores provinciales y el Centro de Estudios Estratégicos en Justicia y Sociedad (CEJUS) presentaran una acción de amparo para solicitar la inconstitucionalidad de la medida.

La presentación sostiene que la transferencia se autorizó mientras continuaba vigente la Ley 26.737 de protección del dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales. Los denunciantes también cuestionaron la aplicación del artículo 154 del DNU 70/2023 y advirtieron sobre posibles incumplimientos de las normas que protegen los recursos naturales y las áreas de importancia ambiental.

El caso involucra terrenos ubicados en las inmediaciones del Lago Rico y el glaciar Perito Moreno, dentro de un área protegida de la provincia patagónica. Según la información publicada por El Destape, el expediente incluye una serie de resoluciones administrativas y modificaciones que permitieron que el proyecto turístico inicialmente presentado por una empresa local terminara en manos de una sociedad vinculada con inversores extranjeros.

El amparo contra Claudio Vidal por la transferencia de tierras en Santa Cruz

La acción judicial fue impulsada por los diputados provinciales María Agostina Mora Doldán, Luis Carlos Daniel Alegría, Eloy Echazú y Carlos Alberto Godoy, junto con el Centro de Estudios Estratégicos en Justicia y Sociedad (CEJUS).

Los amparistas solicitaron que se declare la inconstitucionalidad del decreto 915/2026 firmado por Vidal. Entre sus argumentos, sostuvieron que la sociedad finalmente beneficiaria se constituyó mientras el expediente administrativo estaba en trámite y que su incorporación generó observaciones sobre la documentación presentada y la acreditación de su personería jurídica.

En el escrito también se cuestiona que la operación haya avanzado sin la conformidad previa exigida por el régimen federal de Zonas de Seguridad. Los denunciantes consideran que la autorización provincial presenta una presunta ilegitimidad manifiesta por haberse dictado durante la vigencia de las restricciones establecidas en la legislación nacional sobre tierras rurales.

La denuncia quedó radicada ante el juzgado federal de Río Gallegos, a cargo de Marcelo Vázquez, quien dio intervención al Ministerio Público Fiscal.

Por qué cuestionan la venta de las 21.000 hectáreas protegidas

Uno de los principales argumentos de la presentación judicial está relacionado con el artículo 10 de la Ley 26.737, que establece restricciones a la titularidad o posesión extranjera de inmuebles rurales que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes.

De acuerdo con los amparistas, las parcelas involucradas lindan con el Lago Rico y se encuentran próximas al Ventisquero Perito Moreno. Por ese motivo, sostienen que la transferencia debía ajustarse a las restricciones previstas en la legislación nacional.

La presentación también señala presuntas vulneraciones de la Ley General del Ambiente 25.675, que establece principios de prevención, precaución y sustentabilidad para las decisiones que puedan afectar el entorno natural. A eso se suma la Ley 26.639, de protección de glaciares y del ambiente periglacial, y el Acuerdo de Escazú, que garantiza derechos de acceso a la información, participación pública y justicia en asuntos ambientales.

Por el momento, estos planteos forman parte de los argumentos presentados por los denunciantes y deberán ser evaluados en el ámbito judicial.

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El recorrido administrativo: del proyecto turístico a la empresa extranjera

La reconstrucción del expediente CAP N.º 495.894/2023, citada por El Destape, identifica como punto de partida a Lacustre del Sud S.A., una empresa presidida por David Alejandro Laniado que presentó un proyecto turístico y hotelero para terrenos de su propiedad en el Área Natural Protegida Península de Magallanes, en las cercanías de El Calafate.

El proyecto, denominado Master Plan Ecocentro, fue aprobado por la provincia el 8 de mayo de 2026 mediante la resolución 185 del Consejo Agrario Provincial (CAP). Posteriormente, el 19 de mayo, el organismo emitió una nueva resolución que incorporó la posibilidad de transferir el proyecto a otra sociedad.

Según la investigación periodística, el proceso continuó con la constitución de ASB Hospitality Calafate S.A.U., una sociedad vinculada con capitales emiratíes. El 7 de abril, los inversores habrían encomendado al abogado Javier Martín Petrantonio la creación de la firma en Argentina, que quedó registrada el 27 de julio mediante la escritura pública N.º 193, con un capital de 30 millones de pesos.

La empresa tiene domicilio fiscal en el estudio jurídico Bomchil, ubicado en el microcentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Semana clave por la venta de tierras en Península de Magallanes habilitada  por Vidal - El Extremo Sur

Las parcelas cuestionadas se encuentran en las inmediaciones del Lago Rico y el glaciar Perito Moreno, dentro de un área protegida de Santa Cruz.

El decreto de excepción que firmó el gobernador de Santa Cruz

El 28 de agosto, la Dirección de Asesoría Legal del Consejo Agrario Provincial remitió la documentación societaria de ASB Hospitality Calafate S.A.U. a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación. En esa instancia emitió una opinión favorable a exceptuar, por única vez y con carácter excepcional, las restricciones contempladas en el régimen provincial de tierras.

El proyecto de decreto argumentaba que la restricción aplicable constituía un impedimento formal para concretar una inversión considerada estratégica para la provincia.

Finalmente, Claudio Vidal firmó el decreto el 1.º de septiembre de 2026. Según la publicación de El Destape, la norma apareció de forma abreviada en el Boletín Oficial provincial el 22 de septiembre.

La secuencia temporal es uno de los puntos cuestionados por los denunciantes, que vinculan la autorización con la discusión jurídica nacional sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023.

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Fabián Toledo cuestionó la operación y apuntó contra la Corte Suprema

Fabián Toledo, director del CEJUS, cuestionó duramente la autorización provincial en declaraciones a El Destape y vinculó el caso con el programa político y económico del Gobierno nacional.

"Esta es la foto más representativa del plan de Milei en la Patagonia y en Santa Cruz en particular. El gobernador Vidal es la expresión más grande de ese programa", sostuvo.

Toledo también formuló acusaciones sobre el papel de la Corte Suprema de Justicia en el contexto de la controversia por la legislación de tierras. En particular, planteó sospechas sobre un posible conocimiento anticipado de decisiones judiciales y mencionó a la fiscal de Estado provincial, Natalia Linardi.

Se trata de acusaciones formuladas por el director del CEJUS, que no deben confundirse con hechos judicialmente acreditados.

El dirigente también afirmó que, durante la tramitación del expediente, la Secretaría Legal y Técnica provincial habría dejado asentado que la Ley de Tierras estaba derogada, algo que cuestionó expresamente.

La disputa por las tierras protegidas y el alcance de la legislación nacional

El caso abre una controversia sobre los límites de las autorizaciones provinciales para transferir tierras protegidas a sociedades vinculadas con capitales extranjeros. El eje de la disputa es si el decreto firmado por Vidal respetó las restricciones federales y las normas ambientales aplicables a las parcelas involucradas.

La resolución judicial del amparo será determinante para establecer la validez de la autorización y el alcance de las objeciones planteadas por los legisladores y el CEJUS. Mientras tanto, la operación permanece bajo cuestionamiento por sus implicancias legales, ambientales y patrimoniales.

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