21/05/2025

País

Decreto 340/2025: el Gobierno redefine servicios esenciales y limita el derecho de huelga

La nueva normativa del Poder Ejecutivo amplía los servicios esenciales, reduce el alcance del derecho de huelga y permite que buques argentinos operen bajo banderas extranjeras por hasta 10 años. "El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país", explicó Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.

El decreto 340/2025 amplía los servicios esenciales, restringe el derecho de huelga y habilita buques argentinos a operar con bandera extranjera por una década.

El Gobierno redefine los servicios esenciales con el Decreto 340/2025

El Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto 340/2025, que establece cambios profundos en el ámbito laboral argentino, generando polémica por limitar el derecho constitucional a la huelga y flexibilizar el régimen del transporte marítimo.

Servicios esenciales y limitaciones al derecho de huelga

El decreto amplía el concepto de "servicios esenciales", incorporando actividades como:

  • Salud, hospitales y farmacias

  • Energía eléctrica, agua, gas

  • Internet y telecomunicaciones

  • Educación inicial, primaria y secundaria

  • Transporte aéreo, marítimo y portuario

  • Comercio exterior y aduanas


Además, crea la categoría de "actividades de importancia trascendental", las cuales también deberán garantizar prestaciones mínimas durante medidas de fuerza.

¿Qué implica esto? En los servicios esenciales, la cobertura mínima exigida será del 75%, lo que limita la efectividad de huelgas o paros sindicales.

Desregulación del transporte marítimo y buques con bandera extranjera

El Decreto 340/2025 también modifica el régimen de la marina mercante argentina, permitiendo:

  • Inscripción de buques nacionales en registros extranjeros sin ser considerados exportados

  • Operación de buques extranjeros en cabotaje nacional por 180 días renovables

  • Contratación de tripulación extranjera sin necesidad de convenios locales

  • Reingreso automático a bandera argentina tras 10 años, sin costos adicionales

Reacciones y críticas

Sindicatos y juristas advierten que la medida atenta contra el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a huelga. También se cuestiona que la desregulación marítima puede afectar la soberanía y el empleo nacional en el sector.

"El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país", explicó Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.

Mientras el Gobierno defiende las medidas como una forma de "modernizar la economía", sectores opositores anuncian acciones legales y protestas.

COMPARTE TU OPINION | DEJANOS UN COMENTARIO

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales.

Subscribite para recibir todas nuestras novedades