21/05/2025
La nueva normativa del Poder Ejecutivo amplía los servicios esenciales, reduce el alcance del derecho de huelga y permite que buques argentinos operen bajo banderas extranjeras por hasta 10 años. "El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país", explicó Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.
El decreto 340/2025 amplía los servicios esenciales, restringe el derecho de huelga y habilita buques argentinos a operar con bandera extranjera por una década.
El Poder Ejecutivo Nacional publicó el Decreto 340/2025, que establece cambios profundos en el ámbito laboral argentino, generando polémica por limitar el derecho constitucional a la huelga y flexibilizar el régimen del transporte marítimo.
Servicios esenciales y limitaciones al derecho de huelga
El decreto amplía el concepto de "servicios esenciales", incorporando actividades como:
Salud, hospitales y farmacias
Energía eléctrica, agua, gas
Internet y telecomunicaciones
Educación inicial, primaria y secundaria
Transporte aéreo, marítimo y portuario
Comercio exterior y aduanas
Además, crea la categoría de "actividades de importancia trascendental", las cuales también deberán garantizar prestaciones mínimas durante medidas de fuerza.
¿Qué implica esto? En los servicios esenciales, la cobertura mínima exigida será del 75%, lo que limita la efectividad de huelgas o paros sindicales.
El Decreto 340/2025 también modifica el régimen de la marina mercante argentina, permitiendo:
Inscripción de buques nacionales en registros extranjeros sin ser considerados exportados
Operación de buques extranjeros en cabotaje nacional por 180 días renovables
Contratación de tripulación extranjera sin necesidad de convenios locales
Reingreso automático a bandera argentina tras 10 años, sin costos adicionales
Sindicatos y juristas advierten que la medida atenta contra el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que garantiza el derecho a huelga. También se cuestiona que la desregulación marítima puede afectar la soberanía y el empleo nacional en el sector.
"El derecho de huelga bajo amenaza. Con la excusa de regular la actividad de la marina mercante (DNU 340/25) el gobierno intenta reponer el artículo del DNU 70/23 que limita el ejercicio de huelga para casi todos los trabajadores del país", explicó Luis Campos, abogado laboralista y director del Observatorio del Derecho Social de la CTA Autónoma.
Mientras el Gobierno defiende las medidas como una forma de "modernizar la economía", sectores opositores anuncian acciones legales y protestas.
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