28/04/2025

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Jubilaciones: tribunal federal de Mar del Plata cuestionó la fórmula de movilidad de 2020

La Justicia Federal, a través de una sentencia de la Cámara Federal de Mar del Plata, declaró inconstitucional el mecanismo de actualización de haberes establecido en la ley 27.609, el cual fue aprobado en 2020 durante el gobierno de Alberto Fernández. También se ordenó que se restablezca la jubilación según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre enero de 2021 y marzo de 2024.

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Movilización de jubilados en Mar del Plata.

Mientras estuvo en vigencia esta norma se registró una pérdida de poder adquisitivo en los haberes del 50,3 por ciento. En Mar del Plata se resolvió un caso particular de una jubilada que recibía un haber que no había sido alcanzado por los bonos extraordinarios otorgados en los últimos años. La prestación deberá ser ajustada con el IPC que publicó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), según dispuso el tribunal. También se evaluó una política para el otorgamiento de bonos con la idea de reforzar los haberes mínimos.

Los jueces Alejando Tazza y Eduardo Jiménez revelaron que el nuevo cálculo se aplicará solamente si representa un avance para la beneficiaria. De no ser así, el ajuste se mantendrá. También concluyeron que el 1° de la ley 27.609 no puede ser aplicado en este preciso caso por el golpe de la inflación en los ingresos de los jubilados. Gracias a este contexto, el fallo destacó que se debería reexaminar nuevamente la situación.


Se incorporó el decreto 274 como antecedente. A través de este, el Gobierno reconoció la pérdida del poder adquisitivo en jubilados y pensionados. También aceptó que la metodología del constante ajuste, sumado a la inflación, generó un problema 'ineludible y urgente'.

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El tribunal destacó que estos subsidios no pudieron beneficiar a todos los jubilados y sobretodo a los que cobraban por encima del piso para acceder a esas ayudas. Según los registros de 2022 de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), la jubilada no recibió ningún bono de este tipo. Esto logró que el argumento de la deterioración del poder adquisitivo en su haber.

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