Chau Ley de Sucesiones: así se repartirán las herencias con y sin testamento
El Código Civil y Comercial busca proteger los bienes del difunto y distribuirlos de la manera correspondiente entre sus familiares más cercanos.
Luego de que una persona fallece, y no deja un testamento, comienza un proceso legal que puede traer aparejado una disputa familiar por los bienes del fallecido. Sin embargo, en la República Argentina, el Código Civil y Comercial de la Nación regula este tipo de eventos conocido como sucesión intestada y tiene como principal objetivo proteger los bienes del difunto y distribuirlos entre sus parientes más cercanos.
De esta manera, el Código Civil y Comercial de la Nación contempla dos tipos de sucesiones:
- Sucesión testamentaria: es la que ocurre cuando el fallecido dejó un testamento válido. En ese caso, lo bienes se distribuyen de acuerdo a su voluntad. No obstante, la misma está limitada por la legítima hereditaria que garantiza una porción mínima a los herederos forzosos, sean estos hijos, padres ó conyugues.
- Sucesión inestada: es la que se aplica cuando el testamento no es válido, porque no abarca la totalidad de los bienes, o cuándo no hay uno. Allí, es cuando interviene el marco regulatorio de la ley y define cómo se reparte esa herencia entre los familiares más cercanos.
Entonces…¿Cómo se reparte la herencia sin testamento?
El artículo 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación establece el siguiente orden de distribución en la sucesión inestada:
Descendientes (hijos, nietos): tienen prioridad absoluta y excluyen a los demás parientes.
Ascendientes (padres, abuelos): heredan solo si no hay descendientes.
Cónyuge: hereda junto con descendientes o ascendientes.
Colaterales (hermanos, sobrinos): heredan si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
El Estado: si no hay herederos, el patrimonio pasa al Estado.
De esta manera, la figura del cónyugue viudo cuenta con derechos sucesorios particulares, aunque, hay determinadas circunstancias que pueden excluirlo de la herencia:
- Matrimonio in extremis: si el fallecido muere dentro de los 30 días de haberse casado por una enfermedad conocida por el otro cónyuge.
- Divorcio o separación de hecho: el cónyuge divorciado o separado de hecho sin voluntad de reconciliación no tiene derecho a heredar.
El proceso sucesorio en Argentina:
El procedimiento sucesorio se realiza ante un juez y consta de varios pasos:
Inicio del juicio: un heredero o interesado solicita la apertura de la sucesión en el juzgado del último domicilio del fallecido.
Presentación de documentación: se deben presentar el certificado de defunción, actas de nacimiento o matrimonio, y los títulos de propiedad.
Declaratoria de herederos: en las sucesiones sin testamento, el juez reconoce a los herederos legales.
Inventario y tasación: se elabora un listado detallado de los bienes y se les asigna un valor.
Partición y adjudicación: finalmente, los bienes se distribuyen entre los herederos conforme a la ley o el testamento.