La Justicia frenó por seis meses la disolución de Vialidad Nacional dispuesta por el Gobierno
Una jueza federal hizo lugar a una medida cautelar y bloqueó parcialmente la aplicación del decreto presidencial que apuntaba a suprimir el organismo. La causa seguirá en debate.
La jueza Martina Forns, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de San Martín, ordenó la suspensión temporal de los efectos del Decreto 461/2025, que impulsaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad.
La medida se dictó como respuesta a una acción de amparo presentada por el gremio Sevina, que representa a trabajadores del organismo.
La cautelar impide cesantías, traslados y recortes en Vialidad
La magistrada resolvió hacer lugar parcialmente a la medida cautelar de no innovar, lo que implica que el Poder Ejecutivo Nacional no podrá ejecutar ninguna disposición administrativa vinculada con el decreto del 8 de julio pasado. En términos concretos, el Gobierno no podrá avanzar con reubicaciones, cesantías, suspensiones, traslados ni con la supresión de estructuras pertenecientes a Vialidad Nacional.
El fallo advierte que la medida busca “evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo”. Y agrega: “Teniendo en cuenta que en esta etapa preliminar del proceso, donde se verifican circunstancias graves y objetivas, permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar”.
Argumentos constitucionales y laborales en la decisión judicial
La jueza Forns apeló a los marcos constitucionales y normativos internacionales para fundamentar su decisión. En su resolución, destacó que la Constitución Nacional y los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), con jerarquía constitucional, limitan las facultades del Estado empleador.
En particular, mencionó los Convenios Nº 87, 98 y 151, al señalar que estos “impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por norma colectiva con plena vigencia”.
La nulidad del decreto aún no fue resuelta
Si bien la medida cautelar tiene efecto inmediato, la jueza Forns aclaró que no se pronunció aún sobre el pedido de nulidad e inconstitucionalidad del decreto firmado por el presidente Javier Milei, dado que se trata de una cuestión de fondo que requiere “un estudio mucho más complejo y profundo, con amplio debate y prueba”.
Esto implica que la discusión judicial seguirá su curso mientras se mantiene vigente la suspensión por 180 días, a la espera de una resolución definitiva.