Condenan a 6 años y 8 meses de prisión al conductor que causó choque múltiple en Córdoba
Foto: Cba24n
El Juzgado de Control n.º 4 condenó a Cristian Joaquín Pacha a seis años y ocho meses de prisión e inhabilitación para conducir por el término de 10 años por el choque múltiple ocurrido el 12 de septiembre de 2024, en avenida Chacabuco de la ciudad de Córdoba, que provocó numerosas víctimas.
El 12 de septiembre de 2024, Cristian Pacha conducía su Toyota Corolla por avenida Chacabuco cuando perdió el control del vehículo y atropelló a múltiples personas, lo que provocó lesiones y daños de diversa gravedad. Las investigaciones revelaron que Pacha tenía una afección neurológica y había falseado información en la declaración jurada para renovar su licencia de conducir, ocultando así su condición médica.
Durante la audiencia, la jueza Hampartzounian optó por responder los planteos defensivos en términos accesibles, especialmente dirigidos a las víctimas y al imputado. En primer lugar, rechazó el planteo de la defensa de recalificar los hechos como culposos o imprudentes. Señaló que, teniendo por probadas las circunstancias del caso, el resultado era previsible y el acusado tenía el deber de evitarlo.
Cristian Pacha se refirió al hecho, ocurrido el jueves 13 de septiembre de 2024, y expresó "Me arrepiento y soy consciente que no tenía que haber manejado. Soy una persona conductivamente correcta". También se dirigió especialmente a la joven catamarqueña Andrea Larcher (20), quien sufrió la amputación del pie derecho y graves heridas que la dejaron dos meses internada
La magistrada destacó que el imputado sabía que tenía epilepsia y que al menos tres médicos le habían contraindicado conducir. Sin embargo, decidió continuar haciéndolo y falseó datos en la declaración jurada para obtener la licencia.
Estas conductas, sumadas a antecedentes viales y una actitud de indiferencia ante el riesgo, convencieron a la magistrada de mantener la calificación dolosa del hecho. En refuerzo de su postura, aclaró que, incluso si Pacha hubiera confiado en que no se produciría un desenlace grave, esa confianza no era racional, sino más bien temeraria u optimista. Por ello, resolvió imponer la pena prevista para el delito doloso.
Destacó que no sería correcto que la sociedad pudiera ver que existe un tratamiento privilegiado para quienes cuentan con capacidad económica suficiente para reparar los daños. En consecuencia, reafirmó que la pena acordada -seis años y ocho meses de prisión, más inhabilitación- era proporcional y adecuada frente a la gravedad de los hechos juzgados, que incluyeron no solo el siniestro vial, sino también la falsificación documental y una defraudación al seguro.
Finalmente, la jueza resolvió hacer lugar al pedido de prisión domiciliaria. Aclaró que esta modalidad no implica una reducción ni suspensión de la pena, sino una forma excepcional de cumplimiento ante situaciones especiales. Justificó su decisión en el estado de salud del imputado (tiene problemas cardíacos e hipertensión), su condición de adulto mayor y las limitaciones que el encierro carcelario presenta en su caso.
Se valoró el diagnóstico de epilepsia y un cuadro clínico general que, según se concluyó, no puede ser atendido de manera adecuada en una unidad penitenciaria. La jueza Hampartzounian entendió que el cumplimiento domiciliario con control electrónico es una alternativa viable y razonable. Además, fijó una caución real de 180.000 dólares estadounidenses, que podrá ser cubierta con un inmueble ya ofrecido por la defensa.
Desde Córdoba.
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