24 de julio de 2024
La ley incluye un "fuero paternal" que prohíbe al empleador despedir al trabajador en los 30 días siguientes a su reintegro.
A
partir del 1º de enero de 2026, los trabajadores de la actividad privada,
dependientes y no dependientes de Uruguay, tendrán derecho a 20 días continuos
de licencia por paternidad.
La
norma, que ya contaba con media sanción de Diputados, entrará en vigencia a los
30 días de que el Poder Ejecutivo la promulgue.
El proyecto fue presentado por la diputada colorada María Eugenia Roselló y por el diputado blanco Pedro Jisdonian en abril de este año.
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A
su vez, se incluyen en la legislación los fueros paternales, que consisten en
un período de 30 días a partir del reintegro del trabajo de la licencia por
"paternidad, adopción y legitimación adoptiva" en el que el empleado no puede
ser despedido. Si se lo despide de todas formas, el empleador deberá "abonar el
equivalente a tres salarios, además de la indemnización por despido que en cada
caso corresponda".
Hasta
ahora, la licencia paternal de los trabajadores de la administración central es
de 10 días. Cuando la normativa entre en vigencia, a los 30 días de la
promulgación del Poder Ejecutivo, esa licencia pasará a ser de 14 días, y desde
enero de 2026 será de 17 días.
En tanto, los trabajadores privados pasarán de los 13 días de licencia paternal actuales a 15 desde que se aplique la norma, y luego a 20 desde el comienzo de 2026.
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Los
legisladores consideraron que este proyecto de ley "acompaña la evolución
cultural" respecto al "cambio de paradigma tradicional" que atribuía el cuidado
de los hijos mayoritariamente a la madre. "La licencia por paternidad no
solamente favorece la modificación de estereotipos, sino que reconoce al padre
como cuidador natural de los hijos", dice el texto.
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