18/05/2025

Política

Rol, requisitos y pago: todo sobre las autoridades de mesa en las elecciones de CABA 2025

Las elecciones para renovar 30 bancas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realizan este 18 de mayo. En este contexto, las autoridades de mesa juegan un papel clave para asegurar que el proceso electoral se desarrolle con normalidad, respetando la transparencia y el secreto del voto. Este artículo detalla las responsabilidades que deben cumplir, quiénes están habilitados para ser autoridades de mesa, cómo solicitar la eximición y cuál es la compensación económica establecida por la Ciudad para quienes cumplen esta función.

Por
Melina Schweizer

Este 18 de mayo, las autoridades de mesa juegan un papel clave en el desarrollo de las elecciones para renovar 30 bancas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su labor es fundamental para asegurar la transparencia y el correcto funcionamiento del proceso electoral en cada establecimiento de votación.

Las autoridades de mesa deben estar presentes durante todo el acto electoral, desde la apertura hasta la clausura, y velar por el desarrollo correcto de los comicios. Entre sus obligaciones están:

  • Concurrir al establecimiento de votación al menos una hora antes del inicio y recibir los instrumentos de sufragio, materiales electorales y accesorios entregados por el Delegado Judicial, firmando la recepción.

  • Verificar que la urna esté vacía y cerrarla con una faja de papel firmada por las autoridades de mesa y fiscales partidarios.

  • Habilitar un lugar visible, accesible y seguro para la mesa receptora y la urna.

  • Corroborar que se asegure el secreto del sufragio y que no haya elementos que puedan influenciar la voluntad del elector.

  • Verificar la identidad y poderes de los fiscales de las agrupaciones políticas presentes.

  • Colocar a la entrada del establecimiento el padrón de electores y los carteles con las disposiciones sobre contravenciones y delitos electorales, así como las listas oficializadas completas.

  • Impedir que los electores usen elementos ajenos al voto, como papeles, teléfonos o cámaras.

  • Ajustar su actuación a las disposiciones del Código Electoral y las instrucciones del Instituto de Gestión Electoral.

    Para ser autoridad de mesa es necesario ser elector hábil, tener entre 18 y 70 años, residir en la sección electoral donde se desempeñará, saber leer y escribir, estar inscripto en el padrón y no estar afiliado a ningún partido político.

    El Código Electoral porteño también establece motivos para eximirse de esta función, como desempeñar cargos partidarios o electivos, ser candidato, o estar afiliado a alguna agrupación política. Además, se contemplan causas de enfermedad o fuerza mayor que deben notificarse dentro de plazos específicos.

    En cuanto a la compensación, el artículo 196 del Código Electoral establece que las autoridades de mesa reciben un pago fijo en concepto de viáticos, determinado por el Instituto de Gestión Electoral. Para estas elecciones, el monto es de 60 mil pesos, que también se otorga como compensación a quienes participaron en la capacitación electoral. El pago es único y puede reclamarse hasta el 31 de julio de 2025. En caso de desempeñar la función en más de una elección, los montos se acumulan y abonan juntos.

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