20 de agosto de 2026
El Poder Judicial de Jujuy condenó al exintendente de Tilcara, Ricardo Romero, y al extesorero municipal Juan José Ortega por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. La causa involucró 46 cheques sin respaldo por un total de 35 millones de pesos y se resolvió mediante un juicio abreviado.
El exintendente de Tilcara, Ricardo Romero, fue condenado este 19 de agosto a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos por hechos vinculados a la emisión de cheques sin respaldo desde la Municipalidad. En la misma causa, conocida como la de los "cheques voladores", también fue condenado el extesorero municipal Juan José Ortega, quien recibió una pena de dos años de prisión de ejecución condicional y la misma inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
Según informó el Poder Judicial de la Provincia de Jujuy, la investigación incluyó cuatro hechos de administración fraudulenta, relacionados con el libramiento de 46 cheques sin fondos entre enero y febrero de 2018 por una suma total de 35 millones de pesos. La causa se resolvió mediante un juicio abreviado, luego del reconocimiento de responsabilidad de ambos acusados.
La sentencia fue dictada por el Tribunal Colegiado de Juicio, integrado por los jueces Ana Carolina Pérez Rojas, María Margarita Nallar y Máximo Alejandro Gloss, con la asistencia del actuario Ricardo Grisetti.
El tribunal homologó el acuerdo alcanzado entre el fiscal Diego Funes y los imputados, quienes estuvieron asistidos por sus respectivos defensores. El acuerdo contó además con la opinión favorable de las víctimas representadas por querellantes particulares.
De acuerdo con la información difundida por el Poder Judicial de Jujuy, los hechos investigados ocurrieron mientras Ricardo Romero ejercía como intendente de Tilcara y Juan José Ortega se desempeñaba como tesorero de la Municipalidad.
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Según la requisitoria fiscal, el primer hecho ocurrió el 11 de enero de 2018, cuando Romero y Ortega libraron cuatro cheques a favor de Adolfo Enrique Pedroza por un total de $2.500.000.
La acusación sostuvo que los instrumentos fueron emitidos sin un acto jurídico válido que justificara su libramiento y con conocimiento de que no existían fondos para cubrirlos.
Ese mismo día, siempre según la acusación, Romero y Pedroza firmaron un acuerdo mediante el cual se establecía que los cheques habían sido emitidos en garantía, que no podían ser presentados al cobro y que debían ser restituidos antes de su vencimiento. La investigación concluyó que ese documento fue confeccionado para dar apariencia de legalidad a la operación.
El segundo hecho se produjo el 16 de enero de 2018, con el libramiento de 15 cheques a favor del mismo beneficiario por un total de $5.050.000.
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El tercer hecho investigado ocurrió el 22 de enero de 2018, cuando se emitieron otros siete cheques por $2.970.000.
Finalmente, el cuarto episodio tuvo lugar el 6 de febrero de 2018, cuando se libraron 17 cheques más a favor de Pedroza, correspondientes a una cuenta bancaria de la Municipalidad de Tilcara, por un monto total de $24.500.000.
La suma de las cuatro operaciones alcanzó los 35 millones de pesos atribuidos en la causa. Según el Ministerio Público de la Acusación, los cheques estaban vinculados a pagos relacionados con la organización del Enero Tilcareño y alcanzaron a productores, músicos y otros proveedores.
El expediente es conocido como la causa de los "cheques voladores", denominación utilizada en referencia a la emisión de los instrumentos que fueron objeto de la investigación judicial.
Además de los cuatro hechos de administración fraudulenta, el exintendente Ricardo Romero fue condenado por un hecho de abuso de autoridad.
Según la acusación, el 1 de noviembre de 2017 Romero suscribió con Adolfo Enrique Pedroza un convenio mediante el cual le concedía la organización, producción y explotación de los festivales de Enero y Febrero Tilcareño correspondientes a los años 2018 y 2019, además del uso de la marca "Enero Tilcareño".
La investigación indicó que el acuerdo establecía que el productor percibiría el 100% de los ingresos generados por el festival y que debía abonar al municipio el 10% de lo obtenido por la venta de entradas.
De acuerdo con la acusación, la concesión fue otorgada de manera directa, sin una licitación previa, sin conocimiento ni autorización del Concejo Deliberante de Tilcara y en contra de las normas aplicables a las contrataciones y concesiones municipales.
Romero también fue condenado por otro hecho ocurrido el 14 de febrero de 2018.
Según la acusación, mientras se desempeñaba como intendente y por intermedio de Pedroza, solicitó a Javier Alfredo Sánchez que depositara dinero como dádiva para acelerar el libramiento de cheques correspondientes a montos que se le adeudaban.
Para concretar esa entrega, se le habrían facilitado los datos de una caja de ahorro personal cuya titularidad correspondía a Ricardo Romero, según indicó el Ministerio Público de la Acusación.
Por los hechos investigados, el exintendente de Tilcara, Ricardo Romero, recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
En tanto, el extesorero municipal Juan José Ortega fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y también recibió la inhabilitación especial perpetua para ejercer la función pública.
Además, el tribunal impuso a ambos condenados reglas de conducta por el plazo de dos años. Entre ellas, deberán fijar y mantener domicilio, someterse al control del Patronato de Liberados y firmar cada 30 días el Libro de Caución.
También deberán abstenerse de mantener contacto o realizar actos perturbatorios, por sí mismos o por terceros y por cualquier medio, contra las víctimas.
La sentencia dictada por el Poder Judicial de Jujuy puso fin al proceso mediante un juicio abreviado y estableció responsabilidades penales por los hechos vinculados al manejo de fondos de la Municipalidad de Tilcara y al libramiento de cheques que, de acuerdo con la acusación, no contaban con respaldo.
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