17 de septiembre de 2026
El Gobierno de Javier Milei envió al Congreso el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, que amplía las sanciones por explotación no autorizada de recursos en Malvinas y la Plataforma Continental Argentina. La iniciativa también crea un Consejo de Seguridad Nacional, modifica las reglas de Defensa, incorpora un régimen de derribo y establece nuevas herramientas frente a amenazas externas.
El proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional que el Gobierno de Javier Milei envió al Congreso nació vinculado con la disputa por las Islas Malvinas y el avance del proyecto petrolero Sea Lion, pero finalmente incorporó una reforma más amplia de las normas de Seguridad Nacional y Defensa. La iniciativa propone modificar la Ley 26.659, endurecer las sanciones por explotación no autorizada de recursos naturales y crear un nuevo Sistema de Seguridad Nacional bajo la conducción de un Consejo presidido por el Presidente.
El texto contempla penas de hasta 20 años de prisión para determinadas actividades relacionadas con la explotación ilegal de recursos naturales, además de multas, inhabilitaciones y restricciones para contratar con el Estado. También incorpora herramientas económicas frente a amenazas externas, un régimen de protección de infraestructura crítica, nuevas reglas para aeronaves y embarcaciones y delitos vinculados con determinadas formas de influencia extranjera.
El primer eje del proyecto está relacionado con las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y sus espacios marítimos. La iniciativa reafirma el reclamo argentino y establece que las actividades destinadas al aprovechamiento de recursos renovables o no renovables en esos territorios y en la Plataforma Continental Argentina deberán contar con autorización de las autoridades argentinas.
La propuesta reemplaza el régimen establecido por la Ley 26.659, que actualmente regula principalmente actividades hidrocarburíferas. El nuevo esquema amplía el alcance hacia otros recursos naturales y también contempla a quienes proporcionen servicios económicos, financieros, logísticos, técnicos o de consultoría considerados indispensables para las operaciones cuestionadas.
De esta manera, el régimen alcanza no solamente a las empresas que desarrollen directamente una actividad sin autorización, sino también a determinados accionistas, participantes, controlantes y proveedores vinculados con esas operaciones.
El régimen administrativo contempla multas equivalentes a entre 4.000 y 500.000 barriles de petróleo, además de la suspensión o cancelación de habilitaciones y la posibilidad de establecer inhabilitaciones de entre cinco y 20 años.
El proyecto también establece restricciones para contratar con organismos públicos nacionales, provincias, municipios y otras entidades establecidas en Argentina cuando se trate de personas o empresas incorporadas al registro correspondiente.
En materia penal, el texto establece diferentes escalas según la conducta. La prestación consciente de bienes o servicios indispensables para determinadas operaciones podría recibir penas de entre cinco y siete años; la prospección o exploración hidrocarburífera sin autorización, de entre 12 y 15 años; y la exploración o explotación de recursos naturales no renovables, de entre 12 y 20 años. Para la extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos se prevén penas de entre 15 y 20 años.
Además, el proyecto contempla sanciones para personas jurídicas, entre ellas suspensiones para contratar con el Estado o desarrollar determinadas actividades, revocación de permisos y, en situaciones específicas, la disolución de sociedades.
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Uno de los cambios institucionales centrales es la creación de un Consejo de Seguridad Nacional, que funcionará como órgano rector de un nuevo Sistema de Seguridad Nacional.
El Consejo será presidido por el Presidente de la Nación y tendrá como integrantes permanentes al jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, el secretario de Inteligencia de Estado y la secretaria de Legal y Técnica. El Presidente también podrá convocar a otros funcionarios o especialistas cuando lo considere necesario.
El organismo deberá elaborar la Política de Seguridad Nacional y coordinar su ejecución. El proyecto también establece políticas específicas de Defensa, Economía, Diplomacia e Inteligencia, que deberán ajustarse a los lineamientos establecidos por el Consejo.
Además, podrá requerir información y asistencia a organismos del Sector Público Nacional y solicitar cooperación a provincias, municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Javier Milei envió al Congreso el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, que amplía las herramientas del Estado frente a amenazas externas.
El proyecto otorga al Consejo herramientas para actuar ante situaciones que sean consideradas un riesgo o amenaza grave e inminente para la Seguridad Nacional.
Entre las medidas previstas aparecen restricciones temporales sobre operaciones cambiarias, transferencias y pagos bancarios; limitaciones a importaciones y exportaciones; suspensión de permisos, concesiones y contrataciones; restricciones para acceder a créditos, subsidios y beneficios fiscales; y la inmovilización o bloqueo de fondos y otros activos bajo jurisdicción argentina.
También se contempla la posibilidad de incrementar temporalmente los derechos de importación y exportación aplicables al Estado extranjero involucrado, con un límite del 75%.
La iniciativa establece un procedimiento específico para actuar frente a aeronaves consideradas irregulares u hostiles.
El esquema comienza con la identificación de la aeronave y su eventual declaración como Tránsito Aéreo Irregular, seguida de advertencias y órdenes. Si persiste una conducta considerada hostil, podrá ser declarada Tránsito Aéreo Hostil.
El procedimiento contempla distintos niveles de intervención, incluida una demostración de fuerza. El uso de la fuerza aparece definido como una medida de último recurso y requiere una orden expresa e inequívoca del Presidente, aunque esa facultad podrá ser delegada en el ministro de Defensa.
El proyecto recupera así una herramienta que había sido establecida durante el gobierno de Mauricio Macri mediante las Reglas de Protección Aeroespacial y posteriormente derogada durante la presidencia de Alberto Fernández.
Otro capítulo modifica las normas de financiamiento de los partidos políticos para impedir que extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras financien, organicen, dirijan o ejecuten determinadas actividades de campaña electoral o propaganda.
Además, el proyecto incorpora nuevas figuras penales vinculadas con actividades realizadas por cuenta, orden o con financiamiento de Estados, organizaciones o agentes extranjeros cuando tengan como objetivo alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva.
Las penas previstas para esas conductas parten de cinco años y pueden llegar a 15 años cuando existan amenazas, sobornos, coerción o estructuras criminales.
La iniciativa también incorpora delitos relacionados con operaciones clandestinas de inteligencia extranjera y la transmisión de secretos a Estados o servicios de inteligencia extranjeros.
El proyecto crea formalmente un Sistema de Seguridad Nacional que integra funciones diplomáticas, económicas, cibernéticas, militares, jurídicas y de inteligencia, además de la protección de infraestructura crítica y de la soberanía.
El concepto abarca el territorio argentino, pero también a ciudadanos y representaciones diplomáticas en el exterior, bienes e intereses nacionales ubicados en terceros países, alta mar, el espacio ultraterrestre, el ciberespacio y el espacio electromagnético.
La conducción política del sistema quedará en manos del Presidente de la Nación.
La iniciativa modifica la Ley 23.554 de Defensa Nacional y amplía la definición de las amenazas que deben ser contempladas por el sistema de Defensa.
El proyecto incorpora amenazas externas provenientes tanto de actores estatales como no estatales y contempla fenómenos cinéticos y no cinéticos. También establece que las Fuerzas Armadas deberán estar preparadas para operaciones militares convencionales y no convencionales y para otras operaciones militares distintas de la guerra.
El texto contempla además su participación, cuando corresponda, en la protección de infraestructura crítica identificada por el Consejo de Seguridad Nacional.
Otro de los capítulos crea un régimen nacional para proteger las denominadas Infraestructuras Críticas.
La categoría incluye estructuras físicas, redes y sistemas públicos o privados considerados esenciales para servicios básicos, salud, seguridad, defensa, economía y funcionamiento del Estado, cuya destrucción o afectación pueda generar un impacto significativo.
El Consejo deberá elaborar una Estrategia Nacional de Seguridad de Infraestructuras Críticas y un Plan Nacional de protección. Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deberán identificar las infraestructuras correspondientes a sus jurisdicciones.
El proyecto también menciona específicamente a los centros de datos y a las infraestructuras vinculadas con las tecnologías de la información.
La propuesta también establece un procedimiento para la intervención frente a determinadas embarcaciones.
Se crea la categoría de "Buque de Interés", destinada a embarcaciones que, por su recorrido, bandera, actividad, antecedentes, falta de reportes, simulación de identidad o comportamiento anómalo requieran seguimiento.
Sin embargo, el proyecto establece que esa clasificación no implica por sí misma la existencia de una infracción ni habilita automáticamente el uso de medidas coercitivas.
El procedimiento incluye identificación, órdenes de detención, persecución bajo determinadas condiciones del derecho internacional, visitas e inspecciones, maniobras de interposición y disparos de advertencia. En circunstancias extremas, el texto contempla disparos destinados a inutilizar el buque.
El hundimiento queda reservado para situaciones militares extremas frente a un buque considerado hostil. Además, el proyecto prohíbe utilizar el hundimiento de un barco civil como sanción o mecanismo policial para impedir una fuga.
El proyecto incorpora un Régimen de Desistimiento y Regularización, destinado a quienes hayan participado de actividades realizadas sin autorización argentina.
Los sujetos involucrados podrán solicitar su incorporación al régimen si demuestran que cesaron la actividad y se comprometen a no reincidir. Entre las alternativas previstas aparece el pago de una multa o la reconversión de inversiones hacia actividades legales desarrolladas en territorio argentino.
El proyecto establece determinadas condiciones para acceder al beneficio y excluye a quienes tengan una sentencia firme por los delitos contemplados en la norma o sean reincidentes.
El último bloque relevante del proyecto eleva a rango legal el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), que funciona dentro de la Unidad de Información Financiera (UIF).
El registro incluirá información sobre personas y entidades vinculadas con terrorismo, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva. El proyecto también establece obligaciones para los sujetos alcanzados por las normas de prevención de lavado de activos.
Entre las medidas previstas aparece la inmovilización de fondos y activos vinculados con personas o entidades incorporadas al registro y la comunicación de esas operaciones a las autoridades correspondientes.
El proyecto que Javier Milei había anunciado el 3 de septiembre como una iniciativa vinculada con la defensa de la soberanía sobre Malvinas terminó incorporando modificaciones sobre distintos ámbitos de la Seguridad Nacional.
En aquella cadena nacional, el Presidente había anticipado tres ejes: endurecer las sanciones contra empresas vinculadas con operaciones no autorizadas en las islas, crear un Consejo de Seguridad Nacional y establecer mecanismos para la protección de infraestructura crítica y de los espacios aeroespacial y marítimo.
El proyecto finalmente enviado al Congreso mantiene esos objetivos y agrega modificaciones en materia de Defensa Nacional, inteligencia, economía, política exterior, ciberseguridad, control aéreo y marítimo, influencia extranjera y terrorismo.
La iniciativa deberá ahora iniciar su tratamiento parlamentario en el Congreso de la Nación. La Oficina del Presidente señaló que el proyecto busca reemplazar el régimen de la Ley 26.659 por un esquema más amplio de protección de los recursos naturales y de la soberanía argentina.
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