20/11/2024

Sucesos

Cambios en la distribución de medicamentos de venta libre

Bajo ciertas condiciones, podrán ser exhibidos en góndolas y no hará falta la intervención de un farmacéutico.

El gobierno de Javier Milei cambió los lineamientos que regían la venta y exhibición de medicamentos de venta libre y ya no hará falta la intervención de un farmacéutico en el despacho de estas drogas.

Los cambios fueron introducidos a través del Decreto 1024/2024 publicado en el Boletín Oficial, que establece modificaciones a la reglamentación de la Ley N°17.565.

Allí se dispone que "los medicamentos de venta libre podrán ser exhibidos en las góndolas de establecimientos habilitados como farmacias, de modo tal que conserven inalteradas sus propiedades fisicoquímicas y el público general pueda acceder directamente a ellos sin necesidad de intermediarios".

Hasta hoy los medicamentos de venta libre debían ser ofrecidos por farmacéuticos matriculados en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años.

La nueva medida dispone además que el expendio de medicamentos de venta libre, "cuando fuera en góndolas, deberá sujetarse a las siguientes condiciones: las góndolas deben ser correctamente señalizadas. Los medicamentos deben ser ofrecidos en caja cerrada, con su respectivo prospecto y exclusivamente a personas mayores de 18 años". Además, establece que "la edad del adquiriente será constatada con el Documento Nacional de Identidad al momento de efectuar el pago".

En cuanto a la venta de medicamentos bajo receta, se mantiene la obligatoriedad que se realice desde la farmacia y en presencia de un farmacéutico responsable.

Se incorpora la posibilidad que la venta y entrega al paciente se acuerde por canales electrónicos, mediante traslado seguro al lugar que este disponga.

La nueva legislación también establece que la comercialización de medicamentos de venta libre en establecimientos no habilitados como farmacias estará limitada a antiácidos y analgésicos, pudiendo la Autoridad de Aplicación ampliar este listado.

La implementación del decreto 1024 ha generado rechazo por parte de algunas organizaciones profesionales. El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires emitió un comunicado en el que afirma que "esa norma no tiene vigencia" en territorio bonaerense, argumentando que la legislación provincial exige la presencia de un farmacéutico para la dispensación de medicamentos, incluso los de venta libre. Además, recordaron que el decreto 2165/15 establece la separación ordenada de los medicamentos según su condición de expendio, impidiendo su acceso directo al público.

"Los farmacéuticos bonaerenses respetamos y defendemos las leyes vigentes porque resguardan un modelo sanitario y sostenible en beneficio de la salud pública y la integridad de los profesionales de la salud", declararon en su comunicado.

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