16/11/2024

Sucesos

La Justicia falló a favor de "Chiqui" Tapia y convalidó su reelección en la AFA

La Cámara Civil de la Nación publicó este viernes un fallo en el que declaró la nulidad de la Resolución 793/2024 de la Inspección General de Justicia (IGJ) que invalidaba la asamblea general en la que fue elegido para un nuevo mandato.

La Cámara Civil de la Nación falló a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y declaró nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ), que había invalidado la asamblea general de la AFA en la que Claudio "Chiqui" Tapia fue reelecto como presidente de manera anticipada.

Esta decisión representa un revés para Mauricio Macri, aliado del gobierno de Javier Milei, quien impulsa la creación de las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) en Argentina.

Cabe recordar que esta disputa se enmarca dentro de un conflicto sobre la implementación de las SAD, una iniciativa que Macri ha promovido junto con el apoyo de Milei y el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.

Tapia, por su parte, resistió la presión y logró judicializar el punto del mega DNU 70, consiguiendo un fallo favorable que bloqueó el cambio del estatus jurídico de las instituciones deportivas.

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La resolución de la IGJ, un organismo dependiente del Ministerio de Justicia, había declarado "la irregularidad e ineficacia total" de la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria de la AFA, que se realizó el 17 de octubre.

El organismo de control solo permitía que en esa fecha se aprobara el balance y los libros, y ordenaba que no se avanzara en otros puntos del orden del día, tras un pedido de suspensión presentado por el Club Atlético Talleres de Córdoba.

La IGJ justificó su decisión alegando que la asamblea se había convocado fuera de término y sin respetar las normas estatutarias, basándose en la denuncia del Club Talleres.

No obstante, la AFA defendió que su convocatoria no infringió los estatutos y que la asamblea se había llevado a cabo conforme a las reglas vigentes, una postura que fue respaldada por la Cámara.

Asamblea. Claudio "Chiqui" Tapia fue electo para un nuevo mandato al frente a la AFA.

"No puede dudarse entonces de su carácter y, en particular, de la eficacia del acto asambleario que se celebró en el lugar, fecha y hora convocada, pues por unanimidad se aprobó la moción al punto uno del orden del día 'Considerando que la Asamblea fue convocada según lo dispuesto en los Estatutos, mociono para que se apruebe este Punto Primero del Orden del Día'; inclusive contó con el voto afirmativo del delegado representante del Club Talleres de Córdoba, quien en su denuncia no solo pretendía la suspensión del acto, sino la declaración de ineficacia de su convocatoria. Extremo, que dicho sea de paso tampoco fue observado por la IGJ", puntualizó el fallo.

El tribunal también señaló que la IGJ no había presentado argumentos sólidos y que la falta de consulta previa y la exclusión del derecho de defensa en el proceso administrativo había viciado de nulidad la resolución.

En este sentido, los jueces consideraron que la IGJ no podía interferir arbitrariamente en la vida interna de las asociaciones civiles y subrayaron que su rol era únicamente velar por el cumplimiento de la ley.

En cuanto a los hechos que rodearon la asamblea del 17 de octubre, la audiencia se desarrolló sin contratiempos, siendo fiscalizada por la IGJ y con la participación de los delegados, incluidos los del Club Talleres, quienes expresaron sus argumentos y votaciones. La Cámara destacó que ningún delegado de la asamblea expresó haber sido afectado por la convocatoria.

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La decisión judicial reafirmó la legitimidad de la asamblea y de las elecciones de autoridades de la AFA, subrayando que la IGJ no podía actuar de manera arbitraria en este contexto.

Según el fallo, la impugnación presentada por la IGJ carecía de razonabilidad y sus fundamentos fueron calificados de "meramente aparentes", sin pruebas concretas que sustentaran su postura.

El fallo también señaló que las razones de la IGJ para declarar la irregularidad de la convocatoria, particularmente en lo referido a la elección de autoridades, se basaban en conjeturas e hipótesis, sin presentar evidencias objetivas de que los derechos de los asociados se hubieran visto vulnerados.

Finalmente, la resolución concluyó con la nulidad de la Resolución 793/2024 de la IGJ, destacando que las razones invocadas por el organismo de control no lograron justificar su intervención y que la asamblea se había llevado a cabo conforme a los estatutos de la AFA. Por lo tanto, la Cámara revocó la decisión de la IGJ y validó la asamblea y su resultado.

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