06/09/2024

Política

El Gobierno confirmó que no modificará el decreto que limita el acceso a la información pública

El portavoz presidencial, Manuel Adorni, contradijo al jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y aseguró que la polémica normativa continuará tal cual está.

A pesar de los cuestionamientos que suscitó el decreto que restringe el acceso a la información pública, desde el Gobierno Nacional confirmaron que no habrá modificaciones, tal como había asegurado el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, en su intervención en el Congreso.

Durante la habitual rueda de prensa, el portavoz presidencial, Manuel Adorni, reiteró que no se realizarán cambios en la reglamentación de la Ley de Acceso a la Información Pública.

Según expresó, "se trata de que el acceso a la información pública sirva para eso y no destinar más recursos de lo que se requieren para que la sociedad esté informada", justificando la medida.

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Adorni amplió su explicación diciendo: "Ese es el espíritu de la ley, que todos podamos acceder a la información del gobierno, pero que esto no vaya en contra de la privacidad de los funcionarios. Hemos recibido durante esta gestión solicitudes que se han multiplicado por 10, nos han preguntado qué marca de té tomamos, qué raza y color de mascotas tenemos, si nuestras mascotas son felices, cosa que no tiene por qué importar".

Siguiendo la misma línea, agregó: "Nos preguntaron si el doctor (Alberto Fernández) cursó la Ley Micaela, cuántas materias dicta en la UBA. Queremos acabar con esta tendencia de gastar mucho recurso público en cosas que no contribuyen a mantener informada a la ciudadanía".

Marcha atrás. Guillermo Francos dio a entender que se podía modificar el decreto que regula la Ley de Información Pública, pero Adorni lo negó.

El funcionario también destacó: "Somos de los primeros en defender la transparencia, la honestidad y que la gente esté al tanto de todo. En 2020 se recibieron 57 pedidos, en 2022 fueron 95, y en 2023 hasta agosto 558. Esto no atenta contra el acceso a la información, simplemente buscamos ordenar las solicitudes para que se refieran a cuestiones relevantes sobre la utilización de fondos públicos y la honestidad de los funcionarios, evitando desviar recursos hacia preguntas triviales. Incluso no ha habido judicialización ni amparos por las respuestas brindadas".

Asimismo, el funcionario aclaró que, si fuera necesario, se harán precisiones adicionales, y explicó las declaraciones del jefe de ministros: "Francos mencionó que estamos dispuestos a hacer cualquier modificación en una ley o en aspectos que estén equivocados, pero no es el caso aquí. No obstante, no se descarta una aclaración adicional".

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El Decreto 780/2024, publicado en el Boletín Oficial, reglamenta el artículo 1° de la Ley N° 27.275 en lo que refiere al principio de "buena fe", estableciendo que "la violación al principio de buena fe por parte de todos los actores intervinientes configura el supuesto previsto en el artículo 10 del Código Civil y Comercial de la Nación".

Con la implementación de los cambios, se ajustó la definición y alcance de lo que se considera "información pública".

En este sentido, se estableció que no se considerará información pública aquella "que contenga datos de naturaleza privada que fueran generados, obtenidos, transformados, controlados o custodiados por personas humanas o jurídicas privadas o por la ausencia de un interés público comprometido, ajenos a la gestión de los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la Ley N° 27.275 y su modificatoria".

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